STSJ Canarias 1744/2009, 14 de Diciembre de 2009

PonenteMARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ
ECLIES:TSJICAN:2009:5689
Número de Recurso705/2009
Número de Resolución1744/2009
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Ayuntamiento De San Bartolome De Tirajana contra la sentencia de fecha 31 de julio de 2007 dictada en los autos de juicio nº 0000488/2007 en proceso sobre DERECHOS , y entablado por D. Abilio , contra Ayuntamiento De San Bartolome De Tirajana y Perfaler Canarias S.L. .

El Ponente, el Iltma. Sra. Dña. Mª Jesús García Hernández , quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente

PRIMERO

La parte actora ha venido prestando servicios por cuenta de la entidad demandada, Ayuntamiento de la Villa de San Bartolomé de Tirajana, desde el día 1 de marzo de 2004, conforme a la relación jurídico formal siguiente:

Contrato administrativo de servicio de un informador juvenil, del 1 de marzo de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004, por un importe bruto total de 14.129 euros, siendo obligación del contratista estar al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social, corriendo por cuenta de aquel, de forma exclusiva, cuantos gastos se deriven del régimen de afiliación y obligaciones tributarias al IGIC.

Prórroga del contrato de servicio de un informador juvenil, del 1 de enero de 2005 hasta el 31 de octubre de 2005.

SEGUNDO

En fecha 1 de enero de 2006 el actor suscribió contrato de duración determinada por obra o servicio determinado con la entidad Perfaler Canarias SL, con el objeto de informar y difundir la cultura y patrimonio del municipio de San Bartolomé de Tirajana; aumento usuarios casa cultura San Fernando Maspalomas. Como categoría profesional consta Técnico Auxiliar Pat. Dif. y salario diario de 38,56 euros.

TERCERO

El actor ha venido prestando servicios ininterrumpidamente para la entidad pública demandada desde el día 1 de marzo de 2004 hasta la fecha actual, incluidos los meses de noviembre y diciembre de 2005, realizando idénticas funciones.CUARTO.- Desde el 1 de marzo de 2004 el actor ha prestado sus servicios en las dependencias del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, bajo las órdenes y supervisión de la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana y del Coordinador del área de cultura, D. Evelio , con material e infraestructura del Ayuntamiento, con el mismo horario, vacaciones y permisos que el resto de personal funcionario o laboral.

El actor realiza las funciones de difusión del patrimonio arqueológico de San Bartolomé de Tirajana, informando de las actividades a realizar, los monumentos arqueológicos susceptibles de visita y las correspondientes visitas a los respectivos yacimientos, entre otras relacionadas con la promoción y difusión de tal patrimonio.

QUINTO Desde la conclusión del contrato laboral con la entidad Perfaler Canarias SL, el actor desempeñó su trabajo en las dependencias del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, bajo la supervisión y dirección inmediata del propio Ayuntamiento y de su personal funcionarial o laboral, sin que persona alguna vinculada a la entidad Perfaler Canarias SL acudiera al lugar de prestación de servicios a los efectos de controlar y ordenar la ejecución de los trabajos.

El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana era el que suministraba la herramienta y material preciso para el desarrollo de la actividad, disponiendo de la infraestructura propia municipal, sin que al actor se le dotara de vestimenta, equipamiento o distintivo alguno de la entidad Perfaler Canarias SL.

El actor, para el disfrute de sus vacaciones, precisaba de la autorización del Ayuntamiento demandado, en concreto, del coordinador Sr. Evelio .

El actor prestaba sus servicios con el mismo horario que el resto de trabajadores del municipio, disfrutando, incluso, de días libres por asuntos propios, concedidos igualmente por el citado coordinador.

SEXTO

La entidad Perfaler Canarias SL, empresa de servicios y el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana tienen suscrito un convenio de contratación centralizada de diversos servicios complementarios para el funcionamiento de la Administración municipal, integrados en diversas áreas de gestión, conforme a pliego de condiciones que consta en autos y se da por reproducido.

SÉPTIMO

En fecha 2 de enero de 2004 el actor suscribió contrato de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado, siendo su objeto, atender las necesidades de la empresa, con la categoría profesional de Técnico Auxiliar en Protocolo y Comunicación. Tal contrato se extinguió en fecha 16 de enero de 2004.

OCTAVO

En los distintos contratos suscritos, consta como nivel formativo el medio o diplomado o tres cursos universitarios.

NOVENO

Se agotó la vía previa sin éxito.

SEGUNDO

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