SAP Sevilla 256/2001, 23 de Mayo de 2001
Ponente | JULIO MARQUEZ DE PRADO PEREZ |
ECLI | ES:APSE:2001:2365 |
Número de Recurso | 471/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 256/2001 |
Fecha de Resolución | 23 de Mayo de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 8ª |
SENTENCIA N° 256/01 Ilustrísimo Señor Presidente:
D. JULIO MÁRQUEZ DE PRADO PÉREZ
Ilustrísimos Señores Magistrados:
D. JOAQUÍN PABLO MAROTO MÁRQUEZ
D. SANTOS BOZAL GIL
En SEVILLA, a veintitrés de mayo de 2001.
La Sección 8a de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital constituida por los Ilustrísimos Señores que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos de carácter civil tramitados como juicio de menor cuantía con el número 400/99 por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Sevilla en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Sra. Consuelo Cubero Huertas en nombre y representación de D. Jose Francisco y defendido por la letrada Sra. Dª. Inmaculada Zamora López y por otra parte el Abogado del Estado por la Agencia Tributaria, Delegación de Sevilla contra la sentencia dictada por el Juzgado referido el 10 de mayo de 1999.
Por el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Sevilla se dictó sentencia de fecha 10 de mayo de 1999, que contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando la demanda de tercería de dominio formulada por D. Jose Francisco contra AGENCIA TRIBUTARIA, Delegación de Sevilla, D. Lucas y Dª. Alicia , debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de las pretensiones deducidas de contrario, imponiendo al actor las costas causadas".
Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpuso recurso de apelación contra ella, que fue admitido en ambos efectos emplazándose a las partes ante esta Sala remitiéndose losautos originales a la misma, habiendo comparecido en forma las partes, y tras seguir el trámite legalmente establecido se señaló día y hora para la vista, que se celebro el día acordado.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales CUARTO.- Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JULIO MÁRQUEZ DE PRADO PÉREZ.
Se aceptan los de la sentencia apelada en cuanto no se opongan a lo que más adelante se dirá
Conforme a reiterada y pacífica doctrina jurisprudencial (por todas, STS - 21/3/98 - RA -1511), el dominio sobre la cosa, necesario para ejercitar la tercería de dominio, solo nace cuando concurren titulo y modo, consumándose el contrato con la entrega de la cosa y el precio, correspondiendo al tercerista la...
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