SAP Barcelona, 31 de Julio de 1998

PonenteMARIA EUGENIA ALEGRET BURGUES
ECLIES:APB:1998:7197
Número de Recurso742/1997
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución31 de Julio de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

SENTENCIA N Ú M.

Ilmos. Sres.

Dª Mª EUGENIA ALEGRET BURGUÉS

D. JORDI SEGUI PUNTAS

Dª NURIA ZAMORA PÉREZ

En la ciudad de Barcelona, a treinta y uno de julio de mil novecientos noventa y ocho.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciséis de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de menor cuantía, número 276/95 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº dos de Sabadell , a instancia de BANCO CENTRAL HISPANO AMERICANO, S.A. representado por el Procurador D. Angel Quemada Ruiz y dirigido por el Letrado D. Leonardo Hereter Quintana, contra D. Rosendo , Dª. María Teresa , D. Ildefonso y Dª. Erica , representados por el Procurador D. Javier Segura Zariquieg; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día once de abril de mil novecientos noventa y siete , por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMO la demanda interpuesta por BANCO CENTRAL HISPANOAMERICANO S.A. contra D. Rosendo , D; María Teresa , D. Ildefonso Y Dª. Erica y, en consecuencia, declaro que la entidad demandante es acreedora de D. Ildefonso y D. Rosendo por la cantidad principal de cinco millones ochocientas treinta y dos trescientas noventa y cuatro (5.832.394.-) pesetas, más los intereses devengados y las costas devengadas y que se devenguen en el juicio ejecutivo 19/94 del Juzgado nº 4 de Sabadell y DECLARO NULOS por simulación absoluta los contratos reseñados en el fundamento de derecho segundo de esta resolución, condeno a las demandadas Sras. María Teresa y Erica a restituir a los Sres. Rosendo y Ildefonso los inmuebles referidos y ordeno la cancelación de las respectivas inscripciones de dominio derivadas de las transmisiones declaradas nulas. E impongo las costas causadas a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día VEINTITRES DE JULIO del año en curso, con el resultado que obra en la precedentediligencia.

TERCERO

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