SAP Jaén 295/2001, 26 de Abril de 2001

PonenteSATURNINO REGIDOR MARTINEZ
ECLIES:APJ:2001:829
Número de Recurso290/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución295/2001
Fecha de Resolución26 de Abril de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª

SENTENCIA Núm. 295

Iltmos. Sres.

Presidente

D. JOSE CALIZ COVALEDA

Magistrados

D. RAFAEL MORALES ORTEGA

D. SATURNINO REGIDOR MARTINEZ

En la ciudad de Jaén, a veintiséis de Abril de dos mil uno.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Menor Cuantía seguidos en primera instancia con el número 143 del año 1.999 por el Juzgado de Primera Instancia n° dos de Alcalá la Real, rollo de apelación de esta Audiencia número 290 del año 2.000, a instancia de D. Ricardo representado ante este Tribunal, como apelado por la Procuradora Sra. Moya Mir y defendido por el Letrado Sr. Fernández Gomar, contra CASER S.A. representada ante este Tribunal, como apelada, por el Procurador Sr. Cobo Simón y defendido por la Letrada Sra Hernanz Sobrino en sustitución de su compañero el Letrado Sr. Carcelen Barba.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia n° dos de Alcalá la Real con fecha veintinueve de Marzo de dos mil.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Sánchez Cañete Abril, en nombre y representación de D. Ricardo , frente a la compañía aseguradora "Caja de Seguros Reunidos, Caser, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.", debo condenar y condeno a la referida demandada abonar al actor la suma de diez millones ochocientas noventa y seis mil cuatrocientas pesetas

(10.896.400 pesetas), más los intereses a que se refiere el fundamento jurídico tercero de esta resolución devengados por la citada cantidad desde el día 1 de Septiembre de 1.999 y hasta el total pago del misma. Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso por la demandada, en tiempo y forma, recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia dos de Alcalá la Real, que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes, para comparecer ante la misma.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal, se acordó la formación del correspondiente rollo, que se registrara el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vistael día 19 de Abril de 2.001, cuyo día comparecieron las partes ante este Tribunal, solicitando el apelante la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra de acuerdo con lo sostenido en primera instancia, con imposición de costas a la otra parte, y por el apelado se solicita la confirmación de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte contraria.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. SATURNINO REGIDOR MARTINEZ.

ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada en cuanto no contradigan los que ahora se expondrán

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La resolución de instancia estima sustancialmente la demanda presentada y condena a Caser al abono al actor de una indemnización de 10.896.400 ptas. más los intereses moratorios devengados desde el 1 de Septiembre de 1.999, todo ello en aplicación de la póliza de accidentes suscrita por Caser y la Cooperativa Andaluza de Construcción Santo Domingo a la que pertenecía el demandante.

Frente a tal...

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