SAP Jaén 248/2001, 5 de Abril de 2001
Ponente | JOSE REQUENA PAREDES |
ECLI | ES:APJ:2001:673 |
Número de Recurso | 434/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 248/2001 |
Fecha de Resolución | 5 de Abril de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª |
SENTENCIA Núm. 248
Iltmos. Sres.
Presidente
D. JOSE CÁLIZ COVALEDA
Magistrados
D. JOSE REQUENA PAREDES
D. JOSÉ MARIA RUIZ MORENO
En la ciudad de Jaén, a cinco de Abril de dos mil uno.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Menor Cuantía seguidos en primera instancia con el número 362/99 por el Juzgado de Primera Instancia n° seis de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia número 434 del año 2.000, a instancia de Dª Jesús Carlos y Dª Andrea representados ante este Tribunal, como apelados por la Procuradora Sra. Martínez Quero y defendidos por el Letrado Sr. Coello Bastante, contra D. Federico en rebeldía en ambas instancias y contra Dª Remedios personarla ante el Tribunal, como apelante representada por la Procuradora Sra. Carmona Luque y defendida por el Letrado Sr. Cantero Castillo.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgada de 1ª Instancia n° seis de Jaén con fecha cinco de Junio de dos mil.
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando la demanda formulada por el/la Sr/a. Procurador/a D./Dª. RAQUEL MARTINEZ QUERO, en nombre y representación de D. Jesús Carlos Y Dª. Andrea contra D. Federico Y Dª Remedios ; debo condenar y condeno a las demandados a que abonen por mitad a la parte actora la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTAS MIL PESETAS (1.800.000), más el interés legal devengado desde la fecha de interposición de la demanda hasta su completo pago, con expresa condena en costas a la parte demandada".
Contra dicha Sentencia se interpuso por la codemandada no rebelde, en tiempo y forma, recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia n° seis de Jaén, que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes, para comparecer ante la misma.
Recibidos los autos en este Tribunal, se acordó la formación del correspondiente rollo, que se registrara el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vista el día de ayer, cuyo día comparecieron las partes ante este Tribunal, solicitando el apelante la revocaciónde la Sentencia apelada, dictándose otra de acuerdo con los pedimentos que se dirán en los fundamentos de esta resolución, con imposición de costas a la otra parte, y por los apelados se solicita la confirmación de la Sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte contraria.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JOSE REQUENA PAREDES.
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