SAP Barcelona, 23 de Diciembre de 1998

PonenteISABEL CARRIEDO MOMPIN
ECLIES:APB:1998:11194
Número de Recurso1528/1997
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D. JUAN CREMADES MORANT

Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPIN

D. JUAN MARINÉ SABÉ

En la ciudad de Barcelona, a veintitrés de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio verbal, número 177/96 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Martorell , a instancia de AUXILIAR FINANCIERA DE CREDITOS Y SEGUROS S.A. (AFICRESA) representada por el Procurador D. Juan García García, contra SEAT S.A., representada por el Procurador

D. Carlos Ferreres; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la actora contra la sentencia dictada en los mismos el día 4 de junio de 1997, por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por Auxiliar Financiera de Créditos y Seguros S.A. (Aficresa), representada por el Procurador Juan, García, absolviendo a Sociedad Española de Automóviles de Turismo S.A. (Seat) y Hannover, Seguros España, de los pedimentos formulados contra ellos, con imposición de las croatas a la actora".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que lo impugnó mediante escrito de fecha 16-7- 97; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y Fallo el día once de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPIN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los presupuestos básicos para que se produzca la subrogación del asegurador son: a) que se haya cumplido por éste su obligación de abonar al asegurado la indemnización prevista en el contrato de seguro; b) que exista un crédito de resarcimiento del asegurado frente al tercero como consecuencia del mismo daño que ha motivado la indemnización del asegurador; y c) que éste último quiera que se produzca tal subrogación. Pues bien, aun admitiendo la concurrencia en el presente caso del primer y tercer requisito citado, esto es, la legitimación de la entidad actora en cuanto mandataria de la aseguradora alemana del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR