SAP Barcelona, 23 de Diciembre de 1998
Ponente | ISABEL CARRIEDO MOMPIN |
ECLI | ES:APB:1998:11194 |
Número de Recurso | 1528/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 23 de Diciembre de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª |
SENTENCIA Núm.
Ilmos. Sres.
D. JUAN CREMADES MORANT
Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPIN
D. JUAN MARINÉ SABÉ
En la ciudad de Barcelona, a veintitrés de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio verbal, número 177/96 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Martorell , a instancia de AUXILIAR FINANCIERA DE CREDITOS Y SEGUROS S.A. (AFICRESA) representada por el Procurador D. Juan García García, contra SEAT S.A., representada por el Procurador
D. Carlos Ferreres; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la actora contra la sentencia dictada en los mismos el día 4 de junio de 1997, por el Sr. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por Auxiliar Financiera de Créditos y Seguros S.A. (Aficresa), representada por el Procurador Juan, García, absolviendo a Sociedad Española de Automóviles de Turismo S.A. (Seat) y Hannover, Seguros España, de los pedimentos formulados contra ellos, con imposición de las croatas a la actora".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que lo impugnó mediante escrito de fecha 16-7- 97; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y Fallo el día once de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPIN.
Los presupuestos básicos para que se produzca la subrogación del asegurador son: a) que se haya cumplido por éste su obligación de abonar al asegurado la indemnización prevista en el contrato de seguro; b) que exista un crédito de resarcimiento del asegurado frente al tercero como consecuencia del mismo daño que ha motivado la indemnización del asegurador; y c) que éste último quiera que se produzca tal subrogación. Pues bien, aun admitiendo la concurrencia en el presente caso del primer y tercer requisito citado, esto es, la legitimación de la entidad actora en cuanto mandataria de la aseguradora alemana del...
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