SAP Sevilla 661/2001, 10 de Diciembre de 2001

JurisdicciónEspaña
Fecha10 Diciembre 2001
Número de resolución661/2001

SENTENCIA N° 661/01

Ilustrísimo Señor Presidente:

D. JULIO MÁRQUEZ DE PRADO PÉREZ

Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. JOSÉ MARÍA FRAGOSO BRAVO

D JOAQUÍN PABLO MAROTO MÁRQUEZ

En SEVILLA, a diez de Diciembre de dos mil uno.

La Sección 8ª de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital constituida por los Ilustrísimos Señores que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos de carácter civil tramitados como juicio de menor cuantía con el número 77/2001 por el Juzgado de Primera Instancia número 21 de Sevilla en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Procurador Sr. Don Miguel Angel Márquez Díaz en nombre y representación de Jesus Miguel y por otra parte el Procurador Sr. Don Manuel Martín Toribio en nombre y representación de Allianz S.A. contra la sentencia dictada por el Juzgado referido el 22 de Mayo de 2001.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia n° 21 de Sevilla se dictó sentencia de fecha 22 de Mayo de 2001, que contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando como desestimo la demanda interpuesta por el Procurador D. MIGUEL ANGEL MARQUEZ DIAZ en nombre y representación de D. Jesus Miguel , contra ALLIANZ, CIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. representada por el Procurador D. MANUEL MARTIN TORIBIO debo de absolver y absuelvo a la parte demandada de los pedimentos contenidos en la demanda, con imposición de costas a la parte actora."

SEGUNDO

Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpuso recurso de apelacióncontra ella, que fue admitida y previos los escritos formulados por cada una de las partes, fueron remitidos los autos a este Tribunal, dictándose resolución por la que se señalaba Deliberación, Votación y Fallo, que se celebro el día acordado.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales

CUARTO

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don JULIO MÁRQUEZ DE PRADO PÉREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se rechazan los de la sentencia apelada en cuanto se opongan a lo que más adelante se dirá.

PRIMERO

La primera cuestión que se suscita en el recurso de apelación interpuesto en nombre y representación de D. Jesus Miguel , se concreta en la necesidad de declarar la modalidad contratada en el seguro concertado con la entidad ALLIANZ, S.A., es decir, si el riesgo asegurado era invalidez permanente, una invalidez permanente total o una invalidez permanente parcial normal A), a cuyo respecto hay que tener presente que si bien las Condiciones Generales de la Póliza hablan genéricamente de la invalidez permanente, en el artículo 3.1.2 de esas condiciones generales se dice literalmente que "usted deberá elegir, en el momento de la contratación de la póliza, y así constará en la condiciones particulares, una o varias de las siguientes modalidades", en cumplimiento de cuya previsión el actor, y así se deduce de su propia confesión judicial al absolver posiciones, optó por la invalidez permanente parcial, según baremo, normal A, como garantía específicamente asegurada.

En tal punto hemos de compartir, pues, los razonamientos que se contienen en el fundamento de derecho primero de la sentencia recurrida, al deducirse claramente cual fue la modalidad asegurada, la parcial, según baremo normal A, del conjunto del clausulado de la...

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