SAP Madrid 101/2006, 28 de Febrero de 2006

PonenteROSA MARIA CARRASCO LOPEZ
ECLIES:APM:2006:1970
Número de Recurso229/2004
Número de Resolución101/2006
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª

ROSA MARIA CARRASCO LOPEZRAMON BELO GONZALEZMARIA ALMUDENA CANOVAS DEL CASTILLO PASCUAL

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 21

MADRID

SENTENCIA: 00101/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 21

1280A

Tfno.: C/ FERRAZ, 41 Fax: 913971838-39-41-42

-

N.I.G. 28000 1 7003386 /2004

Rollo: RECURSO DE APELACION 229/2004

Proc. Origen: COGNICION 602/1999

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 35 de MADRID

Ponente: ILMA. Dª. ROSA MARIA CARRASCO LÓPEZ

CM

De: Enrique

Procurador: MARIA EUGENIA DE FRANCISCO FERRERAS

Contra: Millán

Procurador: VICTOR ENRIQUE MARDOMINGO HERRERO

SENTENCIA

MAGISTRADOS Ilmos Sres.:

Dª. ROSA MARIA CARRASCO LÓPEZ

D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ

Dª. ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO

En Madrid, a veintiocho de febrero de dos mil seis. La Sección Vigésimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre impugnación de tasación de costas número 602/1999, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 35 de Madrid , seguidos entre partes, de una, como apelante-impugnante don Enrique, y de otra, como apelado-impugnado don Millán.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la ILMA. Sra. Dª. ROSA MARIA CARRASCO LÓPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 35 de Madrid, en fecha 23 de abril de 2003, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debía DESESTIMAR Y DESESTIMABA la impugnación a la tasación de costas practicaba en las presentes actuaciones, debiendo continuarse su tramitación por excesivas. Condenando al pago de las costas procesales causadas a la parte impugnante."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte impugnante, admitido en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada, quién se opuso en tiempo y forma. Elevándose los autos junto con oficio ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de 4 de noviembre de 2005, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 27 de febrero de 2006.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la resolución recurrida.

SEGUNDO

D. Millán, favorecido por el pronunciamiento en costas habido en la instancia, presentó a través de su representación solicitud de práctica de tasación de costas, aportando al efecto minuta de honorarios firmada por Dª María Dolores de a Cruz Castro. Aquélla se llevó a efecto el 5 de diciembre de 2002, lo que fue notificado a las partes, habiendo presentado D. Enrique escrito impugnándola por ser indebida y excesiva.

Considera el SR. Enrique y Millán que era indebida en tanto no le fuera aclarada la contradicción que expresaba en su escrito impugnatorio, folio 2. Esa contradicción era la discrepancia entre quién firmaba la minuta por honorarios derivados en la instancia y en la apelación, porque el Letrado que firmó la minuta de honorarios devengados en la segunda instancia había sido el Sr. Sánchez García, y ahora firmaba otra Letrado distinta, cuando considera él, que este último "presuntamente no ha intervenido en ningún trabajo del presente procedimiento".

Tras la celebración de la vista el tribunal de instancia dictó resolución rechazando la impugnación por ser irrelevante la discordancia entre firmante de minuta y letrado interviniente, según tenía declarada la jurisprudencia unánime del Tribunal Supremo.

TERCERO

Recurre la sentencia la parte impugnante quien sin desvirtuar lo argumentado, pretende se deje sin efecto lo resuelto y se declaren los...

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