STSJ Comunidad de Madrid 145/2006, 13 de Febrero de 2006

PonenteALFREDO ROLDAN HERRERO
ECLIES:TSJM:2006:1159
Número de Recurso439/2003
Número de Resolución145/2006
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

ALFREDO ROLDAN HERREROCLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIAFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRIONMARIA JESUS VEGAS TORRESJOSE FELIX MARTIN CORREDERAFRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA

Recurso nº 439/03

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00145/2006

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

RECURSO Nº 439/03

SENTENCIA Nº 145

PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero

MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García

Dª. Francisca Rosas Carrión

Dª. Mª Jesús Vegas Torres

D. José Félix Martín Corredera

D. Francisco Javier Sancho Cuesta

En Madrid, a trece de febrero de dos mil seis.

Vistos los autos del recurso número 439/03 que ante esta Sala ha promovido el Procurador Sr. Andreu Socias, en nombre y representación de Hipercor S.A., sobre marca. Ha sido parte la Administración General del Estado representada por el Sr. Abogado del Estado y como demandado Inmobiliaria Betancor, S.A. representada por el Procurador Sr. Calleja García. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 25-3-03, acordándose su admisión en fecha 26-3-03 con todo lo demás procedente en derecho.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 13-6-03, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

TERCERO

El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 8-7-03 en el cual suplicó la desestimación del recurso. La demandada contestó en fecha 3- 10-03 suplicando la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba por auto de fecha 17-7-03 , se propuso por las partes la documental, admitiéndose con el resultado que obra en autos y en su caso se analizará.

QUINTO

Dado traslado a las partes para conclusiones, formalizaron sus escritos ratificando sus pedimentos. Se señaló para votación y fallo el día 2-2-06 en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 5-6-01, confirmada en fecha 9-1-03, que accedió a el registro de la marca CENTRO COMERCIAL Y DE OCIO SAN LAZARO-7 PALMAS, nº 2318098, pedida por la demandada Inmobiliaria Betancor, S.A. en clase 39 (servicios de distribución, transporte y almacenaje de artículos propios de un centro comercial).

SEGUNDO

Presentada la solicitud, se formalizó oposición por la aquí recurrente Hipercor, S.A. con su marca CENTRO COMERCIAL SIETE PALMAS, nº 2250619, 2250618 en clase 39 e...

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