SAP Granada 25/1998, 19 de Enero de 1998
Ponente | ANTONIO MOLINA GARCIA |
ECLI | ES:APGR:1998:88 |
Número de Recurso | 475/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 25/1998 |
Fecha de Resolución | 19 de Enero de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 4ª |
SENTENCIA NUM. 25
ILTMOS. SEÑORES.
PRESIDENTE
D. ANTONIO MOLINA GARCÍA
MAGISTRADOS
D. CARLOS J. DE VALDIVIA PIZCUETA
D. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ
En la ciudad de Granada, a diecinueve de Enero de mil novecientos noventa y ocho.
Vistos los presentes autos por la Ilma. Audiencia Provincial formada por los Iltmos. Sres. al margen relacionados, ha visto en grado de apelación los procedentes autos de Menor Cuantía, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de Granada, seguidos a virtud de demanda de Entidad Mercantil Rafael Iañez y Leticia Valenzuela C.B., representada por la Procuradora Sra. Muñoz Prieto y defendida por el Letrado D. Manuel Rodríguez contra D Jose Francisco , representado por el Procurador Sr del Castillo Amaro y denfendido por la Letrada Dª Eva Vilchez Porcel y contra D. Mauricio , en situación legal de rebeldía.
Aceptando como relación los resultados de la sentencia apelada.
Que, la referida sentencia fechada en tres de Abril de mil novecientos noventa y siete, contiene el siguiente fallo: "Que, estimando la demanda de tercería de dominio, interpuesta por el Procurador Dª Mª del Carmen Muñoz Prieto, en nombre y representación de Mauricio y Leticia Valenzuela, C.B., contra Mauricio en rebeldía procesal y Jose Francisco representado por el Procurador D. Aurelio del Castillo Amaro, debo declarar y declaro el derecho de propiedad anterior y preferente de la actora, sobre los bienes muebles embargados en los autos de Cognición 636/93 de éste Juzgado, mandándose Alzar dichatraba con entera y libre disposición de los actores sobre aquellos, y expresa condena en costas a los demandados".
Que, sustanciado y seguido el presente recurso por sus trámites ante esta Iltma. Audiencia Provincial, en virtud de apelación interpuesta por la parte demandada, en el acto de la vista su Letrado solicitó, la revocación de la apelada, y el Letrado de la parte apelada interesó, la confirmación de la instancia.
Observadas las prescripciones legales de trámite Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado
D. ANTONIO MOLINA GARCÍA.
Se ejercita una tercería de dominio , con el fin de que se alce el embargo trabado sobre determinados bienes que es ciertamente a lo que responde esta sentencia 1995), precisándose que dicha tercería se...
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