SAP Las Palmas 490/1999, 24 de Diciembre de 1999
Ponente | MARIA MARGARITA VARONA FAUS |
ECLI | ES:APGC:1999:3217 |
Número de Recurso | 176/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 490/1999 |
Fecha de Resolución | 24 de Diciembre de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª |
SENTENCIA Núm. 490/99
Iltmos. Sres.
DON RICARDO MOYANO GARCÍA. (Presidente)
DOÑA MARGARITA VARONA FAUS (Magistrada)
DOÑA CARMEN PEREZ DE ONTIVEROS BAQUERO (Magistrada)
SENTENCIA APELADA DE FECHA: 24 de Diciembre de 1.998
APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D. Diego .
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve.
VISTO, ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación admitido a la parte demandada D. Diego , en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia de fecha 24 de Diciembre de 1.998, dirigido por el letrado Sr. Hernández Tarajano, contra D. Narciso , (demandante) representado por el Procurador Sr. Crespo Sánchez y dirigido por el letrado Sr. Macías Glez.
El Fallo de la Sentencia apelada dice: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Alfredo Crespo Sánchez, en nombre y representación de D. Narciso , contra D. Diego , debo declarar y declaro haber lugar al desahucio del demandado, de la finca a que se contraen las actuaciones, condenándola al desalojo de la misma, con apercibimiento de lanzamiento si no lo efectuara en el plazo legal así como al pago de las costas causadas."
La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló día para la vista de la alzada quetuvo lugar el pasado día 30 de noviembre de 1.999, con asistencia de los letrado y procuradores de las partes personadas, quienes hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron convenientes, en apoyo de sus respectivas pretensiones.
Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia la Iltma. Sra. Doña MARGARITA VARONA FAUS, quien expresa el parecer de la Sala.
Aunque consta en el presente rollo de apelación que la parte recurrente fue debidamente notificada del Proveído de fecha 31 de Mayo de 1.999 por el que se señalaba para la vista del recurso la fecha allí consignada, no compareciendo dicha representación procesal a tal acto, no obstante ello, al constar en el procedimiento principal que la parte demandada presentó y fundamentó su recurso de apelación ante el Juzgado y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba