SAP Cuenca 238/1998, 17 de Noviembre de 1998
Ponente | MARIA DE LOS ANGELES ZURILLA CARIÑANA |
ECLI | ES:APCU:1998:449 |
Número de Recurso | 188/1998 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 238/1998 |
Fecha de Resolución | 17 de Noviembre de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cuenca, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 238/98
ILMOS SRES:
PRESIDENTE
PUENTE SEGURA.
MAGISTRADOS:
SR. CARMENAS CALVO
SRA. ZURILLA CARIÑANA
En la ciudad de Cuenca, a 17 de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.
VISTOS y oídos ante este Tribunal, en grado de apelación, los autos de incidente de impugnación de costas en Juicio de Menor Cuantía, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 2 de San Clemente a instancia de SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACION SANTA RITA, contra INSTALACIONES DE FONTANERIA RUS S.L. defendidos y representados en estos trámites, respectivamente, la primera por el Letrado Sr. GUILLERMO LOPEZ y la Procuradora Sra. HERRERO ALARCON, y la segunda, por la Letrado Sr. MEDINA ROMERO y la Procuradora Sra POVES GALLARDO, actuando como Ponente la Ilma Sra Magistrada Suplente Dª. ZURILLA CARIÑANA .
Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial los antecedentes de hecho de la Sentencia recurrida, en cuanto no se opongan a los de la presente resolución.
I.
En los mencionados autos se dictó sentencia con fecha 15 de mayo de 1998 , en la que, tras los razonamientos jurídicos que el Juez estimó pertinentes, pronunció el Fallo del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda incidental interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª Susana Andrés Olmeda, en nombre y representación de la SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACION SANTA RITA (S.A.T. Núm 2.289), contra INSTALACIONES DE FONTANERIA RUS SL., representada por la Procuradorade los Tribunales Sra. Poves Gallardo, DEBO EXCLUIR Y EXCLUYO de la tasación de costas practicada por el Sr. Secretario de este Juzgado en fecha 4 de abril de 1998, en los autos del Juicio de Menor Cuantía, Núm 78 de 1997, las partidas relaticas a la NORMA 67, párrafo 3°, apartado 1°, párrafo último, por valor de SETENTA Y DOS MIL CUARENTA Y OCHO
PESETAS (72.048), la de la NORMA 67, párrafo 3º, apartado 1°, por una suma de TREINTA Y SEIS MIL VEINTICUATRO PESETAS (36.024), así como la partida relativa a la NORMA 47, por una cuantía de TREINTA MIL (30.000) PESETAS, quedando los honorarios del Letrado, Sr. Medina Romero, fijados en un montante total de DOSCIENTAS SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTAS OCHENTA Y CUATRO (278.584) PESETAS. IVA incluido, manteniéndose invariables los derechos correspondientes a la Procuradora Sra Poves Gallardo, todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas en esta Instancia".
II.
Contra dicha Sentencia, por la representación de SOCIEDAD
AGRARIA DE TRANSFORMACION SANTA RITA, se interpuso recurso de Apelación ante esta Audiencia, que fue admitido en ambos efectos, y con emplazamiento a las partes por el término legal se remitieron las actuaciones originales a este Tribunal, donde aquellas se personaron en tiempo y forma, proveyéndose en el sentido de tener por personados a los Procuradores que los hicieron en nombre y representación de aquellas y acordando la entrega de las actuaciones por su orden, para instrucción de los...
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