STSJ País Vasco , 6 de Noviembre de 2007

PonenteFLORENTINO EGUARAS MENDIRI
ECLIES:TSJPV:2007:4455
Número de Recurso2033/2007
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 6 de noviembre de 2007.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. FLORENTINO EGUARAS MENDIRI, Presidente en funciones, GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR y ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por INSS Y TGSS contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 (Vitoria) de fecha dieciocho de Mayo de dos mil siete, dictada en proceso sobre AEL Nº 13 (DETERMINACION CONTINGENCIA), y entablado por MUTUA UNIVERSAL DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL 10 frente a TALLERES CAVACA S.A. , Cesar y INSS Y TGSS .

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D./ña. FLORENTINO EGUARAS MENDIRI, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

1º.- D. Cesar , nacido en 19 de julio de 1965 y DNI NUM000 , está afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM001 , prestando sus servicios para TALLERES CAVACA, (empresa asociada a MUTUA UNIVERSAL), desde el 1 de junio de 1987, como calderero mecánico y categoría profesional de Oficial de 1ª. El trabajador moviliza en su trabajo cargas de 25 kg de media en un arco de movimiento del hombro de 0º a 120º. El 5 de abril de 2005 y mientras hacía un cambio de rodillos, sintió dolor intenso en hombro izquierdo; a ese nivel presentaba molestias progresivas desde hacía seis meses.

2º.- Con efcha 6 de abril de 2005 fue diagnosticado de tendinitis hombro izquierdo, rotura de tendón supraespinoso y derrame articular, emitiéndose por la empresa con fecha 17 de mayo de 2005, parte de enferemdd profesional. El trabajador inició IT por contingencia profesional en fecha 19 de abril de 2005,causando alta el 18 de noviembre de ese mismo año.

3º.- Iniciado por la Mutua y ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social expediente de valoración de secuelas con propuesta de lesiones permanentes no invalidantes por contingencia de enfermedad profesional y previo informe médico de síntesis de 9 de febrero de 2006, el citado organismo dictó Resolución de fecha 16 de marzo de 2006 ue declaraba al trabajador afecto de lesiones permanentes No invalidantes (baremos 110-600 euros y 071-690 euros) por contingencia de accidente de trabajo y a Mutua Universal MUGENAT responsable de pago de la prestación

4º.- Formulada reclamación previa, la misma fue desestimada por Resolución del INSS con fecha de salida 26 de mayo de 2006.

5º. El demandante presenta el siguiente cuadro clínico: (Informe UMEVI)

- ANTECEDENTES:

Varón de 40 años, diestro, con los siguientes antecedentes médicos: Fractura de cúbito y radio distal, fractura marginal de cabeza radial y fractura de 2ª falange del 3º dedo de la extremidad superior izquierda (accidente de trabajo en 1993).

- AFECTACION ACTUAL:

Presentó rotura del tendón supraespinoso a nivel de su inserción en la tuberosidad mayor. Fue tratado inialmente de forma conservadora sin éxito, por lo que se decidió practicar cirugía posteriormente (10 de junio de 2005). Se completó el tratamiento con rehabilitación postquirúrgica.

- SITUACION ACTUAL:

Clínica: Refiere dolor y limitación funcional a nive del hombro izquierdo. El dolor le impide un buen descanso nocturno.

Valoración física del hombro izquierdo:

- Balance articular activo: F 120º (pasivo 130º, dolor); ABD 100º (pasivo 110º, dolor), R. I. 80º (pasivo 90º, dolor), R.E. 70º (pavo 90º, dolor),

- Balance muscular: conservado, pero la abducción y rotación externa resistida resultan dolorosas.

RNM (21-10-2005): Cambios postquirúrgicos, Distensión de la articulación acromioclavicular con edema óseo en ambos márgenes de la articulación con mayor afectación a nivel clavicular, Pequeña cantidad de líquido de la bolsa subacromio-subdeltoidea. Líquido en la corredera bicipital.

- CONCLUSIONES:

- Deficiencias más significativas: Tendinopatía del supraespinoso. Cirugía en junio de 2005, presentando cuatro meses y medio después edema óseo en ambos márgenes de la articulación aromioclavicular, líquido en la bursa subacromiosubdeltoidea y en la corredera bicipital. Refiere dolor y limitación funcional. Presenta limitáción moderada del arco articular del hombro. La contracción muscular resistida a ese nivel provoca dolor.

- Limitaciones orgánicas y funcionales: para actividades conelevado omoderado requerimiento del hombro izquierdo.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

"Que estimando la...

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