SAP Lleida 470/2001, 29 de Octubre de 2001
Ponente | ALBERTO GUILAÑA FOIX |
ECLI | ES:APL:2001:822 |
Número de Recurso | 128/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 470/2001 |
Fecha de Resolución | 29 de Octubre de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lleida, Sección 2ª |
SENTENCIA Nº 470 /2001
Ilmos./as. Sres./as.
PRESIDENTE:
D. ALBERT GUILANYA FOIX
MAGISTRADOS :
D. ALBERT MONTELL GARCIA
DOÑA ANA CRISTINA SAINZ PEREDA
En Lleida, a veintinueve de octubre de dos mil uno.
La Sección segunda de esta Audiencia Provincial, constituida por los Señores Magistrados anotados al margen, ha visto, en grado de apelación los autos de juicio de menor cuantía número 104/99 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Cervera , en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada don Ildefonso y doña Remedios , representados por el procurador don Isidre Genesca Llenes, y asistidos por el letrado don Lluis Padulles Augé contra la sentencia de fecha 16 de junio de 2.000 dictada en el referido procedimiento. Es parte apelada, el demandante don Filomena .No han comparecido y han sido declarados en rebeldía en primera instancia los demandados don Luis Pablo y doña Ariadna . Es ponente de esta sentencia el Ilmo. Magistrado de esta Sala D. ALBERT MONTELL GARCIA..
La parte dispositiva de la indicada sentencia dice literalmente así: "FALLO: Que estimando la excepción de litispendencia planteada por la representación de D. Ildefonso y Dª Remedios debo dictar y dicto sentencia absolutoria en la instancia sin entrar a conocer sobre el fondo del asunto y sin hacer expreso pronunciamiento sobre las costas procesales".
Contra la anterior sentencia, la parte demandada interpuso recurso de apelación, que el Juzgado admitió en ambos efectos, y, una vez efectuado el oportuno emplazamiento, remitió los autos a esta Audiencia, Sección segunda, ante la que comparecieron, tal como consta en el encabezamiento de esta sentencia.
Formado el rollo y seguido el trámite correspondiente, se celebró la vista del recurso el pasado día 29 de octubre de dos mil uno, en la que el letrado de la parte apelante informó en defensa de su posición tras lo cual quedó el pleito visto para sentencia.
En la tramitación de esta segunda instancia, se han observado las prescripciones legales.
Interpuesta demanda en reclamación de cantidad frente a los ahora apelantes concluyó el procedimiento en primera instancia mediante sentencia absolutoria en la instancia al apreciar la excepción de litispendencia opuesta por los demandados, sin entrar a conocer...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba