SAP Lleida 457/2001, 22 de Octubre de 2001
Ponente | ALBERTO GUILAÑA FOIX |
ECLI | ES:APL:2001:802 |
Número de Recurso | 339/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 457/2001 |
Fecha de Resolución | 22 de Octubre de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lleida, Sección 2ª |
SENTENCIA Nº 457/2001
Ilmos./as. Sres./as.
PRESIDENTE
D. ALBERT GUILANYA FOIX
MAGISTRADOS:
D. ALBERT MONTELL GARCIA
Dª ANA CRISTINA SAINZ PEREDA
En Lleida, a veintidos de octubre de dos mil uno.
La Sección segunda de esta Audiencia Provincial, constituída por los señores anotados al margen, ha visto, en grado de apelación, los autos de juicio VERBAL nº 170/00 seguidos ante el Juzgado de primera instancia e instrucción de Solsona, rollo de Sala número 339/2001 , en virtud del recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 19 de junio de 2001, dictada en el referido procedimiento. Es apelante la entidad VAN AMEYDE-AFICRESA, dirigido por el Letrado D. Xavier Alonso Sanchez , y habiendo designado como domicilio a efectos de notificaciones el del Procurador Sr. Cardenas Calvo. Impugna la apelación la parte demandante D. Miguel , dirigido por el letrado Sr. Antonio Escudero Lara, designando domicilio a efectos de notificaciones el Colegio de Abogados. Es ponente de esta sentencia el Magistrado D. ALBERT GUILANYA FOIX
La parte dispositiva de la indicada sentencia dice literalmente así: "DECISIÓ.- Estimant com estimo la demanda promoguda per la Procuradora sra. Sepulveda Nieto, en nom i representació de Miguel , contra la companyia asseguradora Van Ameyde & Africresa, HAIG DE CONDEMNAR I CONDEMNO la companyia demandada al pagament a favor de l'actor de la quantitat de quatrecentes deu mil trescentes pessetes (410.300 ptes), més els interessos previstos a l'art. 20 de la LCS meritats des de la data de l'accident, i les costes processals causades en aquesta instància."
Contra la anterior sentencia, la part demandada Van Ameyde-Aficresa formalizó recursode apelación, que el Juzgado admitió en ambos efectos y dio traslado del mismo a la otra parte, que lo impugnó. A continuación, remitió los autos a esta Audiencia, Sección segunda.
Una vez recibidos los autos, el Tribunal acordó formar rollo y designó Magistrado ponente, al que se entregaron las actuaciones para que, previa deliberación, propusiera a la Sala la resolución oportuna.
En la tramitación de esta segunda instancia, se han observado las prescripciones legales esenciales.
El presente recurso de apelación se centra exclusivamente en la determinación de los días de paralización indemnizables y del importe por cada uno de los días toda vez que no existe discusión acerca de la dinámica del accidente y de la responsabilidad de la demandada en el mismo. Respecto de los días de paralización, es lo cierto que el actor estuvo 11 días sin poder disponer del vehículo y si bien como manifiesta el perito se necesitaron...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba