SAP Las Palmas 305/2001, 6 de Septiembre de 2001
Ponente | JESUS NICOLAS MARTI SANCHEZ |
ECLI | ES:APGC:2001:2526 |
Número de Recurso | 284/2001 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 305/2001 |
Fecha de Resolución | 6 de Septiembre de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 2ª |
SENTENCIA NÚM. 305/01
Las Palmas de Gran Canaria, a seis de septiembre de dos mil uno.
Visto por el Magistrado Presidente de esta Sección 2ª Iltmo. Sr. D. Nicolás Martí Sánchez,
actuando como órgano unipersonal, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada
en el juicio de faltas numero 481 /01 del Juzgado de Instrucción número dos de Las Palmas del
Gran Canaria, originador del rollo número 284/01, se resuelve el mismo de acuerdo con los
siguientes
Por el Juez del Juzgado mencionado en el encabezamiento se dictó sentencia el día cinco de junio de dos mil uno, cuyo Fallo decidió condenar a don Marcelino como autor de una falta de lesiones del artículo 617.1 del Código penal a la pena de multa de un mes con una cuota diaria de mil pesetas.
Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación don Marcelino , que no fue impugnado.
Las actuaciones se pasan al ponente, para dictar sentencia, el día cuatro del presente mes de septiembre.
Esta sentencia fue firmada por el ponente, para su notificación, la fecha que figura en el encabezamiento.
En la citación a las partes para la celebración del juicio se especificó copio hecho "amenazas" (folio 14 de las actuaciones). En el acto del juicio el denunciante manifestó "gire reclama, no tanto por las lesiones, sino que se siente moralmente agredido" (acta, folio » de las actuaciones), y el Juez de instrucción condena a don Marcelino por una falta de lesiones consistente en "contusión leve" producida al denunciadte, (1011 Agustín , por el denunciado el Sr. Marcelino hecho que considera probado con el parte médico y con la declaración del denunciante (fundamento de Derecho primero, folio 28 de las actuaciones).
En dicho parte médico se señala como diagnóstico "contusión", resultado de la exploración efectuado al paciente (el Sr Agustín ), consistente en "dolor a la palpación" (folio 4 de las actuaciones), manifestando la médico que efectuó el examen al paciente que "no presenta signos cutáneos de la agresión" (folio 29 de las actuaciones).
En cuanto a la discordancia entre el contenido de la citación para el juicio y la falta por la que es condenado el recurrente, ninguna efectiva indefensión se le produjo pues...
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