SAP Cádiz 12/1998, 28 de Enero de 1998

PonenteANGEL LUIS SANABRIA PAREJO
ECLIES:APCA:1998:211
Número de Recurso168/1997
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución12/1998
Fecha de Resolución28 de Enero de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 5ª

SENTENCIA n° 12/98

AUDIENCIA PROVINCIAL

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

Don Carlos Ercilla Labarta

MAGISTRADOS

Don Angel L. Sanabria Parejo

Don Ramón Romero Navarro

JUZGADO DE Instrucción

NUM 2 DE SAN ROQUE

D. Previas n° 488/96

P Abreviado n° 168/97

En la ciudad de Cádiz a día 28/01/98

Vista en juicio oral y publico por la Sección Quinta de esta Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, la causa procedente del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de los de San Roque, seguida por un presunto delito contra la Salud Pública incoada contra el acusado Jose Francisco , con DNI nº NUM000 , hijo de Francisco y de Josefa, nacido el 16 de Junio de 1945, natural y vecino de La Línea de la Concepción (Cádiz), de estado casado, de profesión en paro, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta y en libertad provisional por esta causa de la que estuvo privado desde el día 30 de Octubre de 1996 hasta el 16 de Julio de 1997, en cuya situación continua, representado por el Procurador Sr. Jaén Sánchez de la Campa y defendido por el Letrado D. Juan Blasco Quintana, siendo parte el Ministerio Fiscal y ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Angel L. Sanabria Parejo.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - La presente causa tiene su origen en las Diligencias Previas del margen, tramitadas por el Juzgado de Instrucción n° 2 de los de San Roque, en virtud de atestado de la Policía Nacional, en el que se dirigió la acusación contra Jose Francisco , por presunto delito Contra la Salud Pública, y seguida por todos sus trámites, se elevaron los Autos a esta Audiencia donde se celebró el Juicio Oral.

  2. - El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito Contra la Salud Pública de los artículos 368 y 369 n° 3 del Código Penal , designando como autor al acusado, y no apreciando circunstancias modificativas de la responsabilidadcriminal, solicitó para el mismo la pena de cuatro años y seis meses de prisión y multa de 17.542.500 pesetas, accesorias y costas.

  3. - La defensa del acusado en iguales conclusiones solicitó a libre absolución del mismo, con declaración de oficio de las costas procesales, por entender que no se probaban hechos constitutivos de delito.

II.- HECHOS PROBADOS.

El día 30 de Octubre de 1.996, funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía habían montado un dispositivo de vigilancia en la vivienda sita en la calle DIRECCION000 , en San Roque, (Cádiz), observando distintas entradas y salidas de sus moradores, el acusado Jose Francisco , mayor de edad y sin antecedentes penales, y al sospechar que el mismo se había dado cuenta de la presencia policial procedieron a su identificación, manifestando el acusado que había hachís en su vivienda aunque ignoraba la cantidad, prestando su consentimiento para la realización de un registro, en cuya acta se hace constar esta circunstancia, firmándolo así el acusado. Asimismo, los agentes policiales actuantes habían obtenido el correspondiente mandamiento judicial autorizando la entrada y registro, efectuándose el mismo con una conducta colaboradora del acusado, ya que siguiendo las instrucciones del mismo, quien estuvo presente y los acompañó durante todo el registro se encontraron tres sacos conteniendo grifa en distintos departamentos de las caballerizas, escondidos entre balas de paja, y tres sacos de la misma sustancia en unas perreras contiguas a una vivienda en construcción y lindante con otra finca que el acusado había arrojado a través de una muralla. La sustancia intervenida en poder del acusado resultó ser grifa, derivado cannábico con un THC del 2,96%, la cual arrojó un peso de 116.950 gramos, y ha sido valorada en

8.771.250 pesetas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Al amparo del nº 2 del articulo 793 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , y como cuestión previa, planteó el acusado a la Sala la nulidad del registro domiciliario al no...

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