SAP Burgos 563/1998, 6 de Noviembre de 1998

PonenteJUAN FRANCISCO SANCHO FRAILE
ECLIES:APBU:1998:1327
Número de Recurso354/1996
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución563/1998
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 563

En Burgos, a seis de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.

VISTO, por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos la pieza separada de Tasación de Costas núm. 322/97, dimanante del rollo de apelación n° 354/96, que a su vez dimanaba del juicio de interdicto de recobrar la posesión n° 201/96, del Juzgado de 1ª Instancia de Briviesca , sobre impugnación de tasación de costas practicada en esta segunda instancia, en la que han sido partes como demandantes-apelados e impugnados en la tasación, don Alejandro y doña María Inmaculada , mayores de edad, labrador y agricultora, respectivamente, vecinos de Belorado, actúan en nombre de la Sociedad "López-Para Calvo, Benito, Agüero Soto, Francisco, López-Para Calvo, Florencia; y Gonzalo Manso, María Luisa"; representados por la Procuradora doña Victoria LLorente Celorrio y defendidos por el Letrado Sr. de la Cal Méndez; y, coma demandados-apelantes e impugnantes de la tasación, don Emilio y don Luis María , mayores de edad, labradores, vecinos de Belorado, representados por el Procurador don Cesar Gutiérrez Moliner y defendidos por el Letrado don Alfonso Codón Herrera. Siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don Juan Sancho Fraile, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por el Sr. Secretario de esta Sección se practicó tasación de costas, causadas en esta instancia, que ascendía a la cantidad de un millón trescientas ochenta y una mil ciento veintiuna pesetas (1.381.121 pts.).

  2. - Notificada la anterior tasación a las partes, por la condenada a su pago se presentó escrito de impugnación de la misma, por indebida y excesiva.

  3. - Formada Pieza Separada de Impugnación de Tasación de Castas con los particulares designados y seguido el incidente por todos sus trámites, se acordó pasar las actuaciones al Ilmo. Sr. Magistrado ponente, a fin de que dictare la resolución procedente.

  4. - En la tramitación del presente incidente, se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I: Del pronunciamiento sobre costas se deriva una obligación para su pago a cargo del condenado y correlativamente un derecho a favor del vencedor y no de los profesionales que en su nombre hayan intervenido en el proceso. Por esta razón, nuestra jurisprudencia ha tenido ocasión de manifestar la irrelevancia jurídica porque haya discordancia, por ejemplo, entre la identidad del Letrado interviniente y...

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