SAN, 28 de Mayo de 1999
Ponente | ALFREDO ROLDAN HERRERO |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 1ª |
ECLI | ES:AN:1999:3526 |
Número de Recurso | 32/1998 |
Sentencia
Madrid, a veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y nueve.
Vistos los autos del recurso Contencioso-Administrativo número 01/32/1998 que ante esta Sala de
la Audiencia Nacional, ha promovido el Procurador DÑA. MARIA ISLA GOMEZ en nombre y
representación de D. Claudio frente a la Administración General del Estado, contra
resolución del Ministerio del Interior de 8 de septiembre de 1.997 sobre asilo, siendo Magistrado
Ponente el Iltmo. Sr. D. ALFREDO ROLDAN HERRERO.
-I-ANTECEDENTES DE HECHO
Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso-Administrativo mediante escrito presentado en fecha 15 de enero de 1.998 contra resolución antes mencionada, acordándose su admisión por Providencia de fecha 2 de febrero de 1.998 con publicación en el B.O.E. del anuncio prevenido por la Ley y con reclamación del expediente administrativo.
En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha, 14 de mayo de 1.998 en el cual tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, termino suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
El Sr. Abogado del Estado contestó la demanda mediante escrito presentado con fecha 12 de junio de 1.998 en el cual tras alegar los hechos y los fundamentos jurídicos que estimó aplicables terminó suplicando la desestimación del presente recurso.
No admitido el recibimiento a prueba, se dio traslado para conclusiones a la parte actora, y después al Sr. Abogado del Estado, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que se reiteraron en sus respectivos pedimentos.
Conclusos los autos se señaló para votación y fallo de este recurso el día 26 de mayo de
1.999 en que se deliberó y votó, habiéndose observado en la tramitación las prescripciones legales.
-
II-FUNDAMENTOS DE DERECHO
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución del Ministerio del Interior de 8 de septiembre de 1.997 que inadmitía solicitud de asilo del supuesto súbdito liberiano que dijo llamarse D. Claudio .
Concebido el refugio en la Convención de Ginebra de 1.951 y leyes españolas de 26 de marzo de 1.984 y 19 de mayo de 1.994 como una institución protectora de personas injustamente perseguidas en su país por pertenencia a étnia concreta, o por profesar ideas o creencias que...
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STS, 15 de Enero de 2004
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