SAP Barcelona, 8 de Abril de 1998

PonenteMARIA DEL CARMEN OCAÑA MARTIN-GONZALEZ
ECLIES:APB:1998:3606
Número de Recurso547/1997
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución 8 de Abril de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 9ª

SENTENCIA Num.

Ilmos. Sres.

D. GERARD THOMÁS ANDREU

Dª. CARMEN OCAÑA MARTÍN GONZALEZ

Dª. ELISENDA FRANQUET FONT

En la ciudad de Barcelona, a ocho de abril de mil novecientos noventa y ocho.

VISTA, en nombre de S.M. el Rey, en juicio oral y público ante la Sección Novena de esta Audiencia Provincial, la presente causa nº 677/97, rollo nº 12978/97, procedente del Juzgado de Instrucción nº 5 de Hospitalet, por el delito contra la salud pública contra el acusado Marco Antonio , de 20 años de edad, hijo de Miquel y de Mª Carmen, natural de Barcelona y vecino de Cornellá de Llobregat (Barcelona); sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por la presente causa, representado por la Procuradora. Dª Adelaida Espejo Iglesias y defendido por Dª. Rosa Arranz Martínez, siendo parte el Ministerio Fiscal; y Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. CARMEN OCAÑA MARTÍN GONZALEZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos de autos como constitutivos de un delito contra la salud pública, comprendido y penado en el articulo 368 del Código Penal , estimando como responsable del mismo en concepto de autor al acusado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, y pidió se le impusiera la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN y MULTA DE 140.000 ptas con arresto sustitutorio en caso de impago de 14 días, accesorias correspondientes y pago de costas.

SEGUNDO

Por su parte la defensa del acusado, ante la conformidad por éste prestada con los términos de la acusación, no consideró necesaria la continuación el juicio.

HECHOS PROBADOS

Por conformidad del acusado manifestada en el acto del juicio oral SE DECLARA PROBADO que Marco Antonio , de 19 años de edad y sin antecedentes penales, sobre las 4,15 horas del día 2 de agosto de 1997 y hallándose en las inmediaciones de la calle Famadas con Avda del Carrilet de Hospitalet deLlobregat, le fueron ocupadas 23 pastillas de ETIL MDA (Éxtasis) que tenía en su poder con el fin de venderlas, y 14.000 pesetas procedentes de anteriores ventas.

El precio del comprimido de éxtasis en la época de los hechos era de 3.000 pesetas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO. La conformidad del acusado con los hechos objeto de acusación, su calificación jurídica y con las penas solicitadas por...

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