SAN, 27 de Abril de 1999

PonenteEMILIO MARTINEZ BLANCO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 2ª
ECLIES:AN:1999:2607
Número de Recurso1541/1997

SENTENCIA

Madrid, a veintisiete de abril de mil novecientos noventa y nueve.

Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo número 02/0001541/1997, que ante esta

Sección Segunda, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha

promovido el Letrado D. José Antonio Rozalén Villaseñor, en nombre y representación de Dª

Trinidad , frente a la Administración General del Estado, representada por el Sr.

Abogado del Estado, contra la resolución de fecha 19 de noviembre de 1997 (R.G. 9160/96 y R.S.

806/97), dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Central, y recaída en asunto sobre

Clases Pasivas (que después se describirá en el primer Fundamento de Derecho de esta resolución

judicial). Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente, Don Emilio Martínez Blanco, quien expresa el

parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por parte de dicha interesada se interpuso recurso contencioso-administrativo, a través de escrito presentado en fecha de 23 de diciembre de 1997, contra la resolución económico- administrativa antes mencionada, acordándose su admisión por medio de Providencia de fecha 30 de diciembre de 1997, con publicación en el Boletín Oficial del Estado del anuncio prevenido por la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, y con reclamación del correspondiente expediente administrativo.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno, la parte actora formalizó la demanda, a través del escrito presentado en fecha de 20 de mayo de 1998, en el que, después de alegar los hechos y fundamentos jurídicos que consideró aplicables, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos administrativos impugnados.

TERCERO

El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda, a través del escrito presentado en fecha de 29 de mayo de 1998, en el que después de alegar los hechos y los fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó suplicando la desestimación del mismo, así como la confirmación de los actos impugnados.

CUARTO

Habiéndose solicitado el recibimiento a prueba de este pleito, fue acordado el mismo por medio de Auto de fecha 1 de junio de 1998, y se dispuso la práctica de los medios probatorios declarados pertinentes, con el resultado que pude verse en estas actuaciones.

QUINTO

Por medio de Providencia de fecha 19 de octubre de 1998, se señaló para el trámite de votación y fallo del presente recurso jurisdiccional el día 15 de abril de 1999, en el que se deliberó y votó elmismo; habiéndose observado en la tramitación de dicho recurso las debidas prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso contencioso-administrativo se centra en determinar si la resolución de fecha 19 de noviembre de 1997 (R.G. 9160/96 y R.S. 806/97), dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Central, por la que se desestimó la reclamación formulada por la referida interesada, Dª Trinidad , vecina de Barcelona, contra la denegación presunta, por silencio administrativo negativo, por parte de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones públicas, del Ministerio de Economía y Hacienda, respecto de la solicitud de pensión de viudedad presentada por tal interesada al amparo de las previsiones de la ley 37/1984, de 22 de octubre, es o no ajustada al Ordenamiento Jurídico (aquella resolución económico-administrativa). Y para ello es procedente, según criterio de la Sala, la exposición previa de los siguientes hechos:

1).- Que, en fecha de 20 de noviembre de 1989, la expresada interesada formuló solicitud de pensión de Clases Pasivas al amparo de la ley 37/1984 ya mencionada, como viuda de D. Rodrigo , fallecido el día 9 de junio de 1977 en Caracas (Venezuela); señalándose en tal solicitud que este último había sido Capitán del Ejército de la República Española, y acompañándose al correspondiente escrito los oportunos documentos acreditativos de lo pretendido en dicha solicitud, entre los que figuraban una fotocopia del Diario Oficial del Ministerio de Defensa Nacional del día 2 de mayo de 1938 (en el que se publica la Orden Circular del día 27 de abril anterior, relativa a la confirmación en el empleo del Capitán de los tenientes relacionados en la misma), así como diversos certificados negativos de antecedentes relativos al causante, entre los que se encuentran los del Archivo Histórico Nacional, del Tribunal de Cuentas y el Archivo General Militar, y una Acta Notarial de Notoriedad extendida el día 9 de mayo de 1996, y relativa al ascenso del causante, en el mes de abril de 1938, al grado de Capitán del Ejército de la República.

2).- Que la Dirección General...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STC 218/2004, 29 de Noviembre de 2004
    • España
    • 29 November 2004
    ...27 de abril de 1999, de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, dictada en el recurso núm. 1541/97, y contra el Auto de 1 de septiembre de 1999, por el que este mismo órgano judicial inadmite a trámite el incidente de nulidad de actuaciones i......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR