SAP Guadalajara 119/2001, 26 de Mayo de 2001

PonenteCONCEPCION ESPEJEL JORQUERA
ECLIES:APGU:2001:209
Número de Recurso211/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución119/2001
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 119

En GUADALAJARA a veintiséis de mayo de dos mil uno.

VISTO en grado de apelación ante esta Ilma Audiencia Provincial los autos de Menor Cuantía 485/99 procedentes del Juzgado de 1ª Instancia n° 1 de Guadalajara, a los que ha correspondido el Rollo N°211/2000, en los que aparece como parte apelante Dª. Virginia , representada por la Procuradora Dª. Marta Martínez Gutiérrez y dirigida por la Letrada Sra. Abad Garrido y como parte apelada D. Jesús María , representado por la Procuradora Dª. María Luisa Cotayna Marín y dirigido por la Letrada Sra. Fernández García, versando sobre liquidación de sociedad legal de gananciales, y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. CONCEPCION ESPEJEL JORQUERA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En fecha 12 de mayo de 2000 se dictó sentencia, en cuya parte dispositiva se establece: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Martínez en nombre de Dª. Virginia

, debo declarar como declaro el derecho de la misma, a liquidar la sociedad de gananciales que hubo entre ella y el demandado D. Jesús María , representado por la Procuradora Sra. Cotayna, así como de integraron dicha sociedad de gananciales, la vivienda sita en esta ciudad calle DIRECCION000 n° NUM000 , NUM001 A con trastero y garaje, valorado todo ello en 22.000.000 de pesetas, y los muebles de cocina y mobiliario existentes en la citada vivienda, con un valor de 395.000 pesetas, con los dos vehículos, Lancia Y10 matricula KA-....-K , adquirido con la entrega de otro vehículo marca Ford Fiesta, propiedad de la demandante, y el turismo Lancia Dedra, adquirido con la entrega de otro turismo Opel Kadett, propiedad del demandado, valorado en 848.800 pesetas, compensándose dichas entregas y adjudicándose el primero a la demandante, que lo tiene en uso y disfrute, y el otro al demandado, que también dispone de él, excluyéndose de la sociedad de gananciales el plan de pensiones de carácter mixto, concertado en favor del demandado y determinándose en ejecución de sentencia el resto del mobiliario, que se dice adquirido después de contraer matrimonio, y que no consta su adquisición con dinero privativo del marido, así como el resto del mobiliario, con adjudicación también en ejecución de sentencia de la vivienda y electrodomésticos, al marido, que se opuso en todo momento a su venta y solicita su adjudicación, con determinación igualmente de los pagos del préstamo por uno y otro litigante y gastos en la vivienda, no determinados por el uso y disfrute de la misma, para fijar el pasivo de la sociedad deduciéndolo del activo. No se hace pronunciamiento en cuanto a las costas del juicio. Los gastos de las operaciones divisorias se detraerán de la casa común".

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de Dª. Virginia , se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la vista del mismo el pasado día 10 de octubre pasado con el resultado que obra en el acta.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Centró la parte recurrente su impugnación de la resolución de instancia en dos tipos de cuestiones, a saber, en la atribución del uso de la vivienda ganancial al esposo, pronunciamiento que, se invoca, contraviene lo establecido en la sentencia de divorcio y en la solicitud de que se incluyan en el activo de la sociedad gananciales las aportaciones al plan de pensiones del que es titular el recurrido efectuadas entre la fecha del matrimonio y la de la sentencia de separación; siendo de señalar, respecto del primero de los temas referenciados, que ninguno de los litigantes efectuó en el juicio de menor cuantía que nos ocupa petición de adjudicación provisional del uso de la vivienda conyugal, lo cual resulta coherente con el tipo de procedimiento entablado, instado para determinación y liquidación definitiva de los...

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