SAP Alicante 84/1998, 12 de Febrero de 1998

PonenteMANUEL BENIGNO FLOREZ MENENDEZ
ECLIES:APA:1998:403
Número de Recurso1270/1994
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución84/1998
Fecha de Resolución12 de Febrero de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 4ª

SENTENCIA Nº. 84

En el recurso de apelación interpuesto por Dª Flora , representada por el Procurador Sr. Molina Villegas, contra sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número siete de Alicante, habiendo sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Manuel B. Flórez Menéndez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por e! Juzgado de Primera Instancia número siete de Alicante, en los autos de juicio de protección de derechos fundamentales número 552/94, se dictó en fecha 26 de julio de 1994 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Vicente Molina Villegas, en nombre y representación de Dª. Flora frente a D. Juan Pedro , debo absolver y absuelvo al demandado de los pedimentos de la demanda, sin hacer expresa imposición de las costas causadas."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos y, previo emplazamiento de las partes, se elevaron los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo de apelación número 1270/94, en el cual se personaron ambas partes litigantes. Tramitado el recurso en legal forma y conferidos los oportunos traslados, se señaló para la celebración del acto de la vista el día 11.02.98, en el que tuvo lugar con intervención de las partes comparecidas, solicitándose por la recurrente la revocación de la sentencia impugnada y que se dictara otra de conformidad con sus intereses y por la apelada y el Ministerio Fiscal la íntegra confirmación de dicha sentencia, con imposición de costas.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia de instancia desestimó la demanda por considerar que las expresiones vertidas por el demandado en una serie "cartas al director" publicadas en varios periódicos de esta ciudad no constituían intromisión ilegítima en el honor de la demandante al venir amparadas por el derecho a la libertad de expresión. Para ello hizo un examen pormenorizado del texto de las cartas, que la Sala ha de dar por reproducido, bastando con dos consideraciones para confirmarla: a) que en ella se hace correcta aplicación de la reiterada jurisprudencia según la cual en el conflicto entre el derecho al honor y las...

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