SAP Granada 340/2001, 2 de Mayo de 2001
Ponente | FERNANDO TAPIA LOPEZ |
ECLI | ES:APGR:2001:1025 |
Número de Recurso | 806/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 340/2001 |
Fecha de Resolución | 2 de Mayo de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 3ª |
SENTENCIA N U M. 340
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
D. ANTONIO GALLO ERENA
MAGISTRADOS
D. ANTONIO MASCARO LAZCANO
D. FERNANDO TAPIA LOPEZ
En la Ciudad de Granada a dos de mayo de dos mil uno.
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, constituida con los Ilmos. Sres al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo num. 806/00- los autos de Menor Cuantía numero 73/99 del Juzgado de Primera Instancia num. 1 de Almuñecar, seguidos en virtud de demanda de D. Cristobal , representado/a por el/la Procurador/a Sr./Sra. Hermoso Torres y defendido por el Letrado D./Dª. Ana Pertíñez Vilchez, contra la Comunidad de Propietarios del Edificio DIRECCION000 , representado por el Procurador/a Sr./Sra. López-Marín Pérez y defendido por el Letrado/a Sr./Sra. D./Dª. Cristobal .
Que, por el mencionado Juzgado se dictó sentencia de fecha 2 de Mayo de dos mil, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Que estimando parcialmente la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Mercedes Pastor Cano, en nombre y representación de D. Cristobal , contra la Comunidad de Propietarios del Edificio DIRECCION000 , debo declarar y declaro que en ejecución de Sentencia se determine cuales son los servicios comunes susceptibles de individualización del local num. 17 de dicho edificio, para lo cual se realizará reconocimiento judicial junto con pericial, a los efectos de determinar cuales de estos gastos no corresponden al citado local por no usarlos involuntariamente al no tenerlos.".
Que, substanciado y seguido el presente recurso por sus trámites en virtud de apelación interpuesta por la parte demandada, en el acto de la vista su Letrado/a solicitó la revocación de la sentencia, dictándose otra confirme a sus peticiones de instancia con imposición de costas, por la parte apelada su Letrado deja a criterio de la Sala la nulidad de la sentencia, ante la incongruencia de la misma.
Observadas las prescripciones legales de trámite, en esta alzada. .
Siendo Ponente en las presentes actuaciones el Iltmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO TAPIA LOPEZ.
El Tribunal Constitucional en numerosas sentencia, -entre otras la 11 de 1982, 37 del mismo año, 65 de 1983, 43 de 1984, 43 de 1985, 19 de 1986, 160 de 1991, 54 y 121 de 1994 y por...
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