SAN, 15 de Marzo de 1999
Ponente | RICARDO VARON COBOS |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 7ª |
ECLI | ES:AN:1999:1592 |
Número de Recurso | 211/1998 |
Sentencia
Madrid, a quince de marzo de mil novecientos noventa y nueve.
Visto el presente recurso contencioso-administrativo número 211/98 interpuesto ante esta Sección
7ª de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional por Dña. Teresa ,
contra la Administración General del Estado, dirigida y representada por el Abogado del Estado,
sobre retroacción en los efectos de la integración en el Cuerpo Ejecutivo Postal y de
Telecomunicación, habiendo sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Ricardo Varón Cobos, Presidente de la
Sección y Magistrado de la Sala.
El presente recurso contencioso-administrativo se interpone por Dña. Teresa contra la resolución de 26 de Enero de 1998 del Secretario General de Comunicaciones que declaró inadmisible la petición de la recurrente de que los efectos de su integración en el Cuerpo Ejecutivo Postal y de Telecomunicaciones se retrotraigan a la fecha de entrada en vigor del R.D. 1.031/86 de 26 de Mayo.
Presentado el recurso, se publicó su interposición en el B.O.E., se reclamó el expediente administrativo y se dió traslado de todo ello a la actora para que formalizara la demanda, la cual expuso los hechos, invocó los fundamentos de derecho y terminó por suplicar que, previos los trámites legales pertinentes, en su día, se dicte sentencia por la que, estimando el recurso, se declare el derecho de la actora a que los efectos de su integración en el Cuerpo Ejecutivo Postal se retrotraigan a la fecha de entrada en vigor del R.D. 1.031/86 de 26 de Mayo.
Formalizada la demanda, se dió traslado al Abogado del Estado para que la contestara, el cual expuso los hechos y fundamentos de derecho y suplicó se dicte Sentencia por la que se desestime el recurso, por ser conforme a Derecho la resolución impugnada.
No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba del procedimiento, quedaron los autos conclusos, señalándose para votación y fallo el día 10 de Marzo del año en curso en que, efectivamente, se votó y falló.
La actora es funcionaria del Cuerpo Ejecutivo Postal y de Telecomunicación que en el suplico de su demanda solicita la anulación de la resolución de 26 de Enero de 1998 a fin de que, en sulugar, se le reconozca que los efectos de su integración en el Cuerpo Ejecutivo Postal y de Telecomunicación se retrotraigan a la fecha de entrada en vigor del R.D. 1.031/86, de 26 de Mayo, a cuyo efecto alega que en este Real Decreto se dice que la integración se producirá de forma automática, por ministerio de ley, y así lo reconoció la Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de Marzo...
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