STSJ Galicia 446/2006, 18 de Mayo de 2006

PonenteJULIO CESAR CIBEIRA YEBRA-PIMENTEL
ECLIES:TSJGAL:2006:6480
Número de Recurso5505/2002
Número de Resolución446/2006
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA: 00446/2006

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0005505 /2002

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 002 de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos. Sres. D.

JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL

JOSE MARIA ARROJO MARTINEZ

CARLOS LÓPEZ KELLER

A CORUÑA, dieciocho de Mayo de dos mil seis.

En el recurso contencioso-administrativo 0005505 /2002 que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por Gaspar , representado por D. JOSE ANTONIO CASTRO BUGALLO y dirigido por D. RICARDO MORA CARNERO,

contra PROVIDENCIA DE 10-9-02 CONCEJAL DE SEGURIDAD CIUDADANA, TRANPORTES YTRAFICO SOBRE

APROBACION DEL CENSO DEFINITIVO Y CONFIRMACION DELA VALIDEZ DE LAS 14 LICENCIAS MUNICIPALES DE AUTO-TAXI . Es parte como demandada el CONCELLO DE A CORUÑA, representada y dirigida por el LETRADO DE LOS SERVICIOS

JURIDICOS DEL AYUNTAMIENTO DE A CORUÑA. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron lasdiligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 11 de Mayo de 2006 .

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Ilmo. Sr. D. JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El actor, D. Gaspar impugna, en lo que le es desfavorable, la providencia de 10 de septiembre de 2002 del Concejal se Seguridad Ciudadana, Transportes y Tráfico del Ayuntamiento de A Coruña , sobre aprobación del censo definitivo y confirmación de validez de las catorce licencias municipales de auto-taxi que habían sido concedidas con arreglo a unas bases aprobadas por un acuerdo anterior de 24 de abril de 1992, que algunos conductores asalariados , entre ellos el Sr. Gaspar , habían recurrido en cuanto a algunas de las prescripciones de su contenido, lo mismo que el acuerdo aprobatorio del censo de dichos conductores asalariados, cuestión que fue inicialmente resuelta por la sentencia de esta Sala de fecha 22 de junio de 1995 , la que, en contestación a las pretensiones de varios recursos acumulados, anuló solo parcialmente la base cuarta, a) de dicha convocatoria, en cuanto se disponía en la misma que "no se computará la antigüedad que se pretenda acreditar mediante el pago de cuotas de la Seguridad Social de forma global o atrasada". En el recurso de casación que se interpuso contra la misma por varios de los recurrentes, el T.S., en su sentencia de 19 de octubre de 2001 , estimatoria en parte de algunos de sus motivos, ordenó en su fallo la retroacción de las actuaciones administrativas al momento de la elaboración del censo de conductores asalariados con derecho a tomar parte en el concurso, con objeto de que por el Ayuntamiento se admita la acreditación de la antigüedad por cualquier medio válido en...

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