SAP Jaén 638/2001, 14 de Diciembre de 2001

PonenteMARIA ELENA ARIAS-SALGADO ROBSY
ECLIES:APJ:2001:2274
Número de Recurso425/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución638/2001
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 638

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. Pío Aguirre Zamorano

MAGISTRADOS

Dª Elena Arias Salgado Robsy

Dª Mª Jesús Jurado Cabrera

En la Ciudad de Jaén a, catorce de diciembre de dos mil uno.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de juicio de Menor Cuantía seguidos en primera instancia con el nº 448 del año 2000, por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia nº 425 del año 2001, a instancia de MINOLTA SPAIN S.A., representado en la instancia por el Procurador Sr. Jiménez Cózar y defendido por el Letrado Sr. Martín Rabadán, contra COPIJAEN S.L. y Dª. Millán , representados en la instancia por el Procurador Sra. Sotomayor Morales y defendido por el Letrado Sr. Garzón Rodríguez.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Jaén, con fecha 1 de Junio de 2001.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda presentada debo de condenar y condeno a CopiJaén SL a que abone a Minolta Spai SA la cantidad de 1.238.742 pts más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda, absolviendo libremente a Millán .- Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó e interpuso por ambas partes, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso, la actora en la incorrecta aplicación del artículo 523 de la LEC sobre las costas, solicitando la condena a su pago de la demandada Copijaen respecto de la que se estima íntegramente la demanda. Y ésta, el error en la apreciación de la prueba, solicitando la desestimación de la demanda contra ella formulada.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito impugnándolo por cada una respecto del contrario, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.CUARTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente la Magistrada Dª. Elena Arias Salgado Robsy.

Aceptando los fundamentos de derecho de la resolución impugnada, salvo en lo que se oponen a los siguientes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Se formulan dos diferentes recursos de apelación, el de la demandada condenada en la sentencia que insta la desestimación de la demanda alegando error en la apreciación de la prueba, y el de la actora, que limita su impugnación al pronunciamiento sobre las costas del procedimiento que aún estimándose la demanda íntegramente respecto a la codemandada COPIJAEN, no impone las costas a la misma, solicitando dicha imposición.

Es evidente que deberá ser estudiado y resuelto en primer lugar el recurso formulado por COPIJAEN S.L. pues de su estimación podría depender el pronunciamiento sobre las costas del procedimiento.

Se alega como fundamento de dicho recurso en primer lugar el error en el que incurre la sentencia al establecer como probado que la reclamación de cantidad deducida en la demanda se deriva de la ejecución de un contrato de distribución por el que...

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