SAP Barcelona, 28 de Marzo de 2001

PonenteJUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON
ECLIES:APB:2001:3617
Número de Recurso1096/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 12ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D./Dª. JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON

D./Dª. ANTONIO LOPEZ CARRASCO MORALES

D./Dª PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ

En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de Marzo de dos mil uno.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Doce de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Cognición, nº 11/2000 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Rubí, a instancia de GAS NATURAL SDG, S.A., contra SASTRE HERMANOS EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A. (SATHER); los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 31 de Julio de 2.000, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda de Juicio de Cognición nº 11/00, interpuesta por Gas Natural España, SDG, S.A. contra SASTRE HERMANOS EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A. (SATHER), debo condenar y condeno a la entidad demandada a que abone a la actora la cantidad de CUATROCIENTAS DOS MIL DOSCIENTAS CUARENTA Y SEIS PESETAS, (402.246,-), así como al pago de los intereses moratorios de esa cantidad que serán de aplicación desde la interpelación judicial, con condena en costas para la demandada."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y Fallo el día 27 de Marzo de 2.001.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D./Dª. JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON, Presidente de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN en su integridad los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada, y

PRIMERO

Acogida por la sentencia de instancia la pretensión deducida por la entidad GAS NATURAL SDG, S.A. contra la compañía SASTRE HERMANOS EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A., que fundamentada en los artículos 1.902 y 1.903 del Código Civil, se dirigía a la obtención de los daños y perjuicios irrogados por el motivo de la rotura o perforación de la canalización del gas, como consecuencia de los trabajos de desmonte de tierras para la ampliación de la escuela sita en la calle Abat Biure con la Avenida Ragull de Sant Cugat del Vallés efectuados por la demandada que tenía la adjudicación de la obra, la cual las realizaba conforme al proyecto elaborado por el arquitecto D. Roberto y la licencia concedida por el Ayuntamiento de dicha localidad. La cuantía de la indemnización fue establecida en cuatrocientas dos mil doscientas cuarenta y seis pesetas, con más los intereses legales moratorios desde la interpelación judicial y con expresa imposición a la demandada asimismo de las costas procesales del- primer orden jurisdiccional.

La demandada interpuso recurso de apelación en forma escrita de conformidad con las prescripciones del artículo 733 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con solicitud de apertura del procedimiento a prueba en la alzada, la cual fue admitida y practicada con el...

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