STSJ Aragón 36/2007, 23 de Enero de 2007

PonenteLUIS FERNANDEZ ALVAREZ
ECLIES:TSJAR:2007:1405
Número de Recurso201/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución36/2007
Fecha de Resolución23 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA N° 36 DE 2007

ILUSTRISIMOS SEÑORES

PRESIDENTE

D. LUIS FERNÁNDEZ ÁLVAREZ

MAGISTRADOS:

D. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH

D. MANUEL SERRANO BONAFONTE

Dª. CARMEN SAMANES ARA

En Zaragoza, a veintitrés de enero de dos mil siete.

En nombre de S. M. el Rey.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso - Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN, integrada por los Magistrados que al margen se relacionan, el presente recurso número 201/04-A, seguido entre partes, de la una como demandante D. Luis Enrique , mayor de edad y vecino de Usón (Zaragoza),representado por la Procuradora Dª. Isabel Jiménez Millan y dirigido por el Letrado D. José Manuel Aspas y Aspas, y de la otra como demandada la DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, representada y dirigida por el Letrado de la Comunidad Autónoma, versando el juicio, que se sustanció por los trámites del procedimiento ordinario, sobre impugnación del acto administrativo presunto por el que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la resolución del Director General de Estructuras Agrarias de fecha 3 de diciembre de 2002, que desestima la solicitud formulada por D. Luis Enrique , relativa a la concentración parcelaria de la zona de Usón (Huesca).

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Procuradora Sra. Jiménez Millán, en la representación que ostenta, formuló recurso contencioso-administrativo contra el acto administrativo presunto indicado en el encabezamiento de ésta sentencia, mediante escrito que tuvo entrada en la Secretaria de este Tribunal en fecha 12 de abril de 2004

.SEGUNDO.- Admitido a trámite el recurso, y tras la recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda en la que la parte actora, después de alegar los hechos y fundamentos de derecho que creyó pertinentes, terminó suplicando se dicte sentencia por la que se anule el acto administrativo presunto impugnado y se le reconozca como situación jurídica individualizada el derecho a obtener autorización para instalar una granja porcina en la parcela catastral n° NUM000 del polígono NUM001 , que se corresponde con la parcela n° NUM000 del polígono NUM002 del Proyecto de concentración parcelaria, la cual se le debe adjudicar, y subsidiariamente interesó que se le reconozca como situación jurídica individualizada el derecho a obtener autorización para instalar una granja porcina en la parcela catastral NUM000 del polígono NUM001 y que esta parcela se excluya de la concentración parcelaria.

TERCERO

Efectuado el traslado de la demanda, el Letrado de la Comunidad Autónoma de Aragón, en nombre y representación de la Administración demandada, contestó mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando se desestimara el recurso interpuesto.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba, se practicó la de interrogatorio de parte por vía informe y la testifical-pericial con el resultado que obra en autos, y una vez terminado el periodo de prueba, se formularon conclusiones escritas, fijándose para votación y fallo el día 9 de enero del presente año.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS FERNÁNDEZ ÁLVAREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso contencioso-administrativo es la impugnación del acto administrativo presunto por el que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la...

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