SAP Badajoz 157/2001, 7 de Junio de 2001

PonenteNICOLAS ACOSTA GONZALEZ
ECLIES:APBA:2001:831
Número de Recurso172/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución157/2001
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 3ª

SENTENCIA N º 157/2001.

ILMOS. SRS................................... /

PRESIDENTE ................................/

Dª. MARINA MUÑOZ ACERO

MAGISTRADOS.............................. /

D. NICOLÁS ACOSTA GONZÁLEZ (ponente)

D. JOSÉ MANUEL LIZASOAIN SASERA

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Recurso Civil núm. 172/2001

Autos de JUICIO VERBAL núm. 342/2000

Juzgado lª Instancia de ALMENDRALEJO Nº 1.

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En MERIDA, a SIETE de JUNIO de DOS MIL UNO.

Vistos, en trámite de apelación ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial los Autos nº 342/2000, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de ALMENDRALEJO Nº 1, sobre JUICIO VERBAL, en los que aparece como apelante DON Jose Antonio , asistido del Letrado Sr. Aragoneses Nebrada y representado por el Procurador Sr. Mena Velasco, y como parte apelada DOÑA Verónica Y ALLIANZ, S.A., asistidos del Letrado Sr. Montes Ruiz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan en cuanto son relación de trámites y antecedentes los de la sentencia apelada que con fecha 14 de marzo de 2.001 dictó el Sr. Juez de Primera Instancia de ALMENDRALEJO Nº 1.

SEGUNDO

La referida sentencia contiene el siguiente Fallo: "QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la Sra. Ruiz en nombre de D. Jose Antonio , asistido del Letrado Sr. Aragoneses, debo CONDENAR como CONDENO solidariamente, por los razonamientos antedichos a los demandadosDª Verónica y a ALLIANZ RAS S.A. representados por la Procurador Sra. Palacios y asistidos del Letrado Sr. Montes, a abonar al actor la suma de 200.000 pesetas por los daños materiales sufridos como consecuencia del accidente, inteses del art. 20 de la LCS y todo ello sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas causdadas.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Contra esta resolución cabe recurso de apelación.".

TERCERO

Contra expresada sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte actora, que le fue admitido en ambos efectos, dándose traslado a la contraparte, para su adhesión o impugnación al mismo, y una vez verificado se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el rollo de Sala, que fue seguido por sus trámites.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. NICOLÁS ACOSTA GONZÁLEZ

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la resolución recurrida.

Por la representación procesal de D. Jose Antonio se interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada en primera instancia en el presente procedimiento al considerar la misma no ajustada a derecho. En concreto la apelación se fundamenta en la discrepancia del apelante con el criterio sostenido por la juzgadora de instancia en orden a fijar el importe de la indemnización que le corresponde por los daños materiales sufridos en el automóvil de su propiedad como consecuencia del accidente padecido el 11 de febrero de dos mil y del que este procedimiento trae causa. Así frente a la posición de la juez " a quo " , consistente en conceder una cantidad de dinero que , prudencialmente , calcula como adecuada para la adquisición de un automóvil de similares características que el siniestrado , el recurrente defiende que la indemnización comprenda la totalidad del importe de reparación , que se compromete a llevar a cabo .

SEGUNDO

La cuestión suscitada efectivamente ha dado lugar a múltiples pronunciamiento de las diversas Audiencias Provinciales y de hecho ha determinado ya diversas sentencias de esta misma Sección

. En realidad debe estarse a lo que es cada caso concreto de forma que en ocasiones pueden aparecer resoluciones en las que se atiende al valor venal más un porcentaje por afección y en otros podemos encontrar pronunciamientos en los que se concede el...

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