SAP Alicante 199/2001, 7 de Marzo de 2001

PonenteMARIA VISITACION PEREZ SERRA
ECLIES:APA:2001:1085
Número de Recurso924-B/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución199/2001
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

SENTENCIA NÚM. 199

Iltmos. Sres.

Presidente: Dª. Visitación Pérez Serra

Magistrado: Dª. Mª Esperanza Pérez Espino

Magistrado: D. Manuel Alenda Salinas

En la ciudad de Alicante, a siete de Marzo de dos mil uno.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de juicio de Desahucio seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. 7 de Alicante, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante Dª. Angelina , habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, por sí misma y dirigida por el Letrado D. Alejandro García Mosquera, y como apelada Dª. Montserrat , representada por la Procuradora Sra. Pérez Ros, con la dirección de la Letrada Dª. Rosario C. Ruiz Palomar.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 7 de Alicante en los referidos autos, tramitados con el núm. 123/00, se dictó sentencia con fecha 19 de Octubre de 2.000, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por Angelina , debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos de la demanda, todo ello con expresa imposición de las costas causadas en esta instancia a la parte demandante".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formando el Rollo núm. 924-B/00 en el que se señaló para la deliberación y votación el día 7 de Marzo de

2.001, en el que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Visitación Pérez Serra.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demanda de desahucio por falta de pago que interpuso la actora fue desestimada en la instancia al considerar el Juzgador a quo que no era este el procedimiento adecuado al estar discutida la cuantía de la renta.

Es preciso tener en cuenta que la arrendadora relataba en la demanda que en el mes de Septiembre de 1998 remitió a la inquilina carta certificada con acuse de recibo, obrante al folio 12, en la que procedía a la actualización de la renta, fijándose en la suma de 9.472 pesetas; en efecto a de tenerse por acreditadasesas alegaciones, pues no solo consta claramente recibida la citada carta en el acuse de recibo que figura al folio 11, sino por el hecho, indiscutible a la vista del giro postal remitido para pagar la renta del mes de Octubre de 1998, documento 4 de la demanda, en la cuantía ya actualizada.

Siguiendo con el proceso de actualización iniciado, la arrendadora remitió nueva comunicación a la demandada poniendo en su conocimiento que la renta para la anualidad siguiente ascendía a 14.545 pesetas y como la inquilina siguió satisfaciendo la renta en la cuantía anterior la arrendadora, mediante telegrama 19 de Noviembre de 1999, folio 16 le volvió a requerir para que abonara la renta...

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