SAN, 13 de Mayo de 1999

PonenteMANUEL FERNANDEZ-LOMANA GARCIA
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª
ECLIES:AN:1999:3110
Número de Recurso614/1997

Sentencia

Madrid, a trece de mayo de mil novecientos noventa y nueve.

Visto el recurso contencioso-administrativo que ante la Sección Sexta de la Sala de lo

Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional y bajo el número 6/614/97 se tramita a

instancia de Pedro Miguel contra la resolución de 13 de marzo de 1997, de la

Secretaría de Estado para las Administraciones Públicas, por el concepto de derecho a figurar en

la relación definitiva de aprobados en las pruebas de ingreso en el Cuerpo Superior de Sistemas y

Tecnologías de la Información de la Administración del Estado, y en el que la Administración

demandada ha estado representada y defendida por el Señor Abogado del Estado, siendo la cuantía

de indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se interpone recurso contencioso-administrativo por los mencionados anteriormente frente a la Administración del Estado, dirigida y representada por el Señor Abogado del Estado.

SEGUNDO

Reclamado y recibido el expediente administrativo, se confirió traslado del mismo a la parte recurrente, para que en plazo legal formulase escrito de demanda, haciéndolo en tiempo y forma, alegando hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos,y suplicando lo que en el escrito de demanda, consta literalmente. Dentro del plazo legal la Administración demandada formuló a su vez, escrito de contestación a la demanda, oponiéndose a la pretensión de la actora y alegando lo que estimó oportuno.

TERCERO

No se recibió el juicio a prueba.

CUARTO

Evacuado el trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos y pendientes de votación y fallo para lo que se acordó señalar el día 12 de mayo de 1999.

Ha sido Ponente el Ilustrísimo Señor D. MANUEL GARCIA FERNANDEZ-LOMANA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Para resolver el presente litigo, conviene precisar los siguientes hechos:1.-Por Resolución de la Secretaría de Estado para las Administraciones Públicas de 20 de diciembre de 1991, se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Administración del Estado. Siendo el número de plazas a cubrir de 200, de las cuales 100 lo eran por promoción interna y 100 por el turno libre.

  1. - El Tribunal de la oposición, decidió publicar una nota informativa el 7 de septiembre de 1992, referente a la evaluación del segundo ejercicio del proceso selectivo, fase oral. La citada nota establecía que al final de cada sesión del segundo ejercicio oral, se asignaría a los aspirantes las letras D,C,B y A "según el grado que en orden creciente de idoneidad, han merecido al tribunal la actuación de los aspirantes" en relación con los criterios establecidos en el punto 1.2.2. del Anexo I de la convocatoria, y que una vez finalizada la actuación de todos los aspirantes se publicaría la relación de aprobados con la calificación correspondiente a cada uno de ellos. Entendiendo el tribunal que tales listas eran meramente orientativas, y que los que se encontraban en las listas A y B podían presumirse aprobados; los contenidos en las lista D suspensos y los ubicados en la lista C eran "aprobados dudosos", que rozaban el mínimo exigido y que estaban condicionados a que existieran plazas suficientes para poder ser aprobados definitivos.

  2. -Finalizadas las pruebas, el Tribunal hizo públicas por resolución del 11 de diciembre de 1992, las relaciones de opositores aprobados en dichas pruebas selectivas, apareciendo 37 aprobados por el sistema de promoción interna y 163 por el sistema de acceso libre, al acumularse a este las plazas en número de 63 del primero que no se cubrieron. Entre los 37 aprobados del grupo de promoción interna, 5 fueron valorados en el nivel A, 13 en el nivel B y 19 en el C. Mientras que en el grupo de acceso libre, 75 fueron valorados en el nivel C y el resto en los niveles A y B.

  3. -El ahora recurrente, fue en su día incluido en el nivel C - grupo de promoción interna; junto a otros, sin que fuese posteriormente incluido en la lista de aprobados definitivos. En concreto el 25 de marzo de 1993, se publicó Resolución de la Secretaría de Estado par las Administraciones Públicas de fecha 16 de marzo, que contendía el listado de los 117 funcionarios que debían realizar las prácticas.

  4. -Varios opositores del grupo de promoción interna, incluidos en el nivel C, y que no fueron incluidos en la lista de funcionarios en prácticas, recurrieron la resolución, pretendiendo en suma que tenían preferencia sobre los opositores del nivel C del turno libre y que su asignación a las plazas debió realizarse previamente a la de estos y no en una sola lista conjuntamente. El recurso, del actor, acumulado al de otros, fue desestimado por Resolución expresa de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de febrero de 1995, en la que se indicaba que contra la misma procedía recurso ante la Audiencia Nacional.

    No obstante, antes de que fuese dictada esta resolución, el hoy recurrente interpuso recurso ante el TSJ de Madrid, que mediante providencia de 25 de octubre de 1995, cuestiono su competencia y remitió las actuaciones a la Audiencia Nacional.

  5. - No obstante otro opositor, en idéntica situación a la del actor, interpuso el recurso ante el TSJ de Murcia, que el 31 de mayo de 1994, dictó sentencia en la que se fallaba: "Estimar el presente recurso contencioso - administrativo interpuesto por D Marco Antonio contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de alzada formulado contra la resolución del 11 de diciembre de 1992 del tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingresar en el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado que lo excluyó de la relación de opositores aprobados en dichas pruebas selectivas, anulando dichos actos, en lo aquí discutido, por no ser conformes a Derecho reconociéndosele su condición de aprobado en el segundo ejercicio y por consiguiente su derecho a figurar en la relación definitiva de aprobados de las pruebas selectivas para el acceso al Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado y, en consecuencia, se reconoce su derecho a ser nombrado Funcionario del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado, todo ello con los efectos profesionales y retributivos desde el día 26 de mayo de 1993, fecha en que debió producirse el nombramiento".

  6. - El 12 de septiembre de 1996, el interesado presentó escrito de desistimiento ante la Audiencia Nacional, al entender que era posible la extensión del fallo dictado por el TSJ de Murcia a su caso.

  7. -El 22 de enero de 1997, el recurrente presentó...

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