SAP Pontevedra 459/2007, 21 de Noviembre de 2007

PonenteFRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS
ECLIES:APPO:2007:2854
Número de Recurso428/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución459/2007
Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª

SENTENCIA: 00459/2007

LA SECCIÓN TERCERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, compuesta por

los Magistrados Ilmos. Sres. D. ANTONIO J. GUTIÉRREZ R.- MOLDES, Presidente, D. JAIME ESAIN MANRESA y D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS, ha pronunciado, EN NOMBRE

DEL REY, la siguiente:

SENTENCIA Nº: 459/2007

En PONTEVEDRA, a veintiuno de Noviembre de dos mil siete

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio de procedimiento ordinario nº 269/2006, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de O Porriño (Rollo de Sala número 428/2007) en el que son partes como apelante: Dª. Amelia , que se personó en esta instancia representada por el Procurador D. José Domínguez Lino; y como apelado: ALLIANZ RAS, que se personó en esta instancia representada por la procuradora Dª Patricia Cabido Valladar, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 9 de mayo de 2007, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice:"Que desestimando íntegramente la demanda presentada por la representación procesal de Amelia frente a Allianz S.A. debo absolver y absuelvo a la demandada de todas las pretensiones contra ellas formuladas, con expresa imposición de costas a la parte actora.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación de D ª Amelia , recayendo resolución del juzgado de instancia por la que se tuvo por preparado el recurso y se acordó emplazar a la parte recurrente al objeto de que lo interpusiera en legal forma, lo que efectuó dentro del plazo legal, y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días, al objeto de que formularan oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que resultara desfavorable, por la representación de Allianz, S.A..

TERCERO

Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y de impugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 13 de julio de 2007, sin que por las partes se haya propuesto prueba ni se haya solicitado la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se impugna la resolución de la instancia por la representación de la demandante en base a una pretendida aplicación errónea de la doctrina de la prescripción en relación al momento en que aquélla conoce el alcance de sus lesiones al recibir tratamiento rehabilitador y médico posterior a Febrero de 2005, sosteniéndose a continuación, en cuanto al fondo, un montante indemnizatorio menor acotado o reducido al derivado del informe del perito judicial vertido en autos. A tales pretensiones se opone la aseguradora demandada defendiendo la corrección de lo resuelto en la instancia y, en todo caso, la inviabilidad de la pretensión indemnizatoria última desarrollada.

SEGUNDO

Se plantea por la recurrente una inadecuada valoración de la situación concurrente y consiguiente errónea aplicación de la doctrina restrictiva que interpreta el instituto de la prescripción y materializa en la jurisprudencia del Tribunal Supremo que cita, destacando la STS de 8-III-06 . No puede dejarse de reseñar la corrección de dicha resolución, aún parca en su razonamiento jurídico, como tampoco el hecho allí evidenciado en sus Antecedentes donde, recogiéndose el Fundamento 7º de la ...

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