STSJ Castilla y León 2966/2006, 19 de Enero de 2006
Ponente | MARIA ANTONIA LALLANA DUPLA |
ECLI | ES:TSJCL:2006:507 |
Número de Recurso | 1800/1999 |
Número de Resolución | 2966/2006 |
Fecha de Resolución | 19 de Enero de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 2966
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:
DON EZEQUÍAS RIVERA TEMPRANO
DON AGUSTÍN PICÓN PALACIO
DOÑA MARÍA ANTONIA LALLANA DUPLÁ
En Valladolid, a treinta de diciembre de dos mil cinco.Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:
La resolución del Tribunal Económico Administrativo de Castilla y León de 7 de septiembre de 1999 que desestima la petición de suspensión de la ejecución del acto impugnado en la reclamación económica administrativa número 34/288/99.
Son partes en dicho recurso:
Como recurrente: Suministros Energéticos Integrales Seinsa, S.A., representada por el Procurador Sr. Velasco Nieto y defendida por el Letrado Sr. Ortiz Gutiérrez.
Como demandada: Administración General del Estado (Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León), representada y defendida por el Abogado del Estado.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña MARÍA ANTONIA LALLANA DUPLÁ.
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que estime sus pretensiones se anule y deje sin efecto el acuerdo de 7-9-99 del TEAR de Castilla y León impugnado y la anterior providencia de apremio de que trae causa.
En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se declare la inadmisibilidad de la pretensión de anulación de la providencia de apremio y subsidiariamente desestime el recurso y se impongan las costas a la parte actora.
No solicitado el recibimiento del proceso a prueba y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se sustituyó ésta por el trámite de conclusiones.
Presentado por ambas partes escrito de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 30 de diciembre de 2005.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Se impugna en este recurso contencioso administrativo la resolución del Tribunal Económico administrativo de Castilla y León de fecha 7 de septiembre de 1999 que desestimó la petición de suspensión de la ejecución del acto impugnado en la reclamación económico administrativa nº 34/288/99, esto es el acuerdo de 9 de junio de 1999, dictado por el Jefe de la Dependencia de Recaudación de la Delegación de Palencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la...
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