STSJ Castilla y León 2966/2006, 19 de Enero de 2006

PonenteMARIA ANTONIA LALLANA DUPLA
ECLIES:TSJCL:2006:507
Número de Recurso1800/1999
Número de Resolución2966/2006
Fecha de Resolución19 de Enero de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 2966

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DON EZEQUÍAS RIVERA TEMPRANO

DON AGUSTÍN PICÓN PALACIO

DOÑA MARÍA ANTONIA LALLANA DUPLÁ

En Valladolid, a treinta de diciembre de dos mil cinco.Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

La resolución del Tribunal Económico Administrativo de Castilla y León de 7 de septiembre de 1999 que desestima la petición de suspensión de la ejecución del acto impugnado en la reclamación económica administrativa número 34/288/99.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: Suministros Energéticos Integrales Seinsa, S.A., representada por el Procurador Sr. Velasco Nieto y defendida por el Letrado Sr. Ortiz Gutiérrez.

Como demandada: Administración General del Estado (Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León), representada y defendida por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña MARÍA ANTONIA LALLANA DUPLÁ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que estime sus pretensiones se anule y deje sin efecto el acuerdo de 7-9-99 del TEAR de Castilla y León impugnado y la anterior providencia de apremio de que trae causa.

SEGUNDO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se declare la inadmisibilidad de la pretensión de anulación de la providencia de apremio y subsidiariamente desestime el recurso y se impongan las costas a la parte actora.

TERCERO

No solicitado el recibimiento del proceso a prueba y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se sustituyó ésta por el trámite de conclusiones.

CUARTO

Presentado por ambas partes escrito de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 30 de diciembre de 2005.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso contencioso administrativo la resolución del Tribunal Económico administrativo de Castilla y León de fecha 7 de septiembre de 1999 que desestimó la petición de suspensión de la ejecución del acto impugnado en la reclamación económico administrativa nº 34/288/99, esto es el acuerdo de 9 de junio de 1999, dictado por el Jefe de la Dependencia de Recaudación de la Delegación de Palencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la...

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