SAP Zaragoza 734/1999, 30 de Noviembre de 1999
Ponente | FRANCISCO ACIN GAROS |
ECLI | ES:APZ:1999:2918 |
Número de Recurso | 219/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 734/1999 |
Fecha de Resolución | 30 de Noviembre de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª |
SENTENCIA NUMERO 734
EN NOMBRE DE S. M. EL REY
Ilmos. Señores
PRESIDENTE
D. Luis Fernández Alvarez
MAGISTRADOS
D. Julián Carlos Arqué Bescós
D. Francisco Acín Garós
Zaragoza, a treinta de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.
Visto por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por
la parte demandada contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de
Primera Instancia número 3, de los de Zaragoza, en el juicio declarativo de menor cuantía número
739/98, rollo número 219/99, sobre reclamación de cantidad., en el que es apelante la DIRECCION000 , de Zaragoza, representada por el Procurador D. Jose
Antonio 1 siegas Gerner y dirigida por el Letrado D. Jose Mª de Lasala Cano, y apelados D.
Javier , mayor de edad, casado, Arquitecto, y D. Pedro Antonio ,
mayor de edad, casado, Arquitecto, ambos con domicilio en Plaza del DIRECCION001 NUM000 , Zaragoza,
representados por el Procurador D. Joaquín Salinas Cervetto y dirigidos por el Letrado D. Javier
Hernández Hernández, y
Se aceptan los antecedentes fácticos de la sentencia impugnada, y
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n 3, de los de Zaragoza, se dictó el 9 febrero 1999 sentencia que contenía el siguiente Fallo: "Que estimando la demanda interpuesta por Javier y Pedro Antonio debo de condenar y condeno a la DIRECCION000 a que abone a los demandantes la cantidad de 1.934.832 pts e intereses legales desde el acto de conciliación y costas deljuicio".
La representación de la parte demandada interpuso contra dicha sentencia recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos; y elevados los autos a la Audiencia, previos los oportunos emplazamientos, se pasaron a las partes, una vez personadas, señalándose día para la vista, en cuyo acto la apelante solicitó se dictase sentencia por la que, estimándose el recurso y revocándose la sentencia apelada, se desestimasen en su integridad los pedimentos de la demanda, con expresa imposición de costas a la demandante. Esta, por su parte, solicitó la confirmación de aquella resolución.
En la sustanciación de esta alzada se han observado las prescripciones legales, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Francisco Acín Garós.
Condenada en primera instancia al pago de los honorarios profesionales facturados por los Arquitectos demandantes, con quienes D. Juan Manuel , a la sazón Presidente de la Comunidad, suscribió el 8 abril 1994 "Hoja de Encargo" en la que se les encomendaba la redacción del Troyecto y Dirección de la Rehabilitación de las fachadas del edificio recayentes a DIRECCION000 , C/ Royo y C/ Arzobispo Domenech", se alza la demandada frente a tal pronunciamiento y solicita su revocación y la integra desestimación de los pedimentos de la demanda, petición que argumenta desde la consideración de que la firma de aquella "Hoja" habría respondido únicamente, según practica usual, al designio de cubrir un tramite legal y paralizar el expediente municipal abierto por los Servicios de Urbanismo del Ayuntamiento, que con fecha 20 octubre 1992 habían requerido de la Comunidad la realización de las obras oportunas en evitación de los desprendimientos que las fachadas del edificio habían registrado, o al menos ganar tiempo hasta que por la Junta General de Propietarios se buscase la formula mas...
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