SAP Zaragoza 460/1999, 5 de Julio de 1999

PonenteJAVIER SEOANE PRADO
ECLIES:APZ:1999:1650
Número de Recurso636/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución460/1999
Fecha de Resolución 5 de Julio de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

SENTENCIA NUMERO CUATROCIENTOS SESENTA

En la Ciudad de Zaragoza aC inco de Julio de mil novecientos noventa y nueve

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. José J. Solchaga Loitegui

Magistrados:

D. Javier Seoane Prado

D. Eduardo Navarro Peña

En nombre de S.M. el Rey

VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 22 de Julio de 1.998 por el Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Zaragoza , en autos de Juicio Declarativo Ordinario de Menor Cuantía seguidos con el número 424 de 1.997, sobre declaración de derechos, de que dimana el presente rollo de apelación numero 636 de 1.998 en el que han sido partes, apelante, la demandante DIRECCION000 DE ZARAGOZA representada por la Procuradora Dª. María José Cristina Sanjuán Grasa y asistida del Letrado D. Manuel García Laso, y apelada, los demandados D. Gerardo , DON Carlos Miguel , DON Eusebio , DON Jose Miguel , DOÑA Inés , DON Evaristo , DOÑA Elsa , DON Carlos Manuel Y DOÑA Carina representados por el Procurador D. Juan Carlos Jiménez Giménez y asistidos de la Letrada Dª. Arancha Pajares, que interviene en el acto de la Vista por D. José Pajares, y asimismo los codemandados D. Jesús , D. Juan Ignacio , D. Jorge , DON Juan Francisco Y DON Lorenzo , allanados en primera instancia, no comparecidos en esta alzada, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Javier Seoane Prado que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la representación procesal de DIRECCION000 contra

D. Carlos Miguel , D. Gerardo , D. Jesús , D. Juan Ignacio , D. Eusebio , D. Jose Miguel , Dª Inés , D. Evaristo , D. Jorge , Dª Elsa , D. Carlos Manuel , Dª. Carina , D. Juan Francisco , D. Lorenzo , debo absolver a éstos últimos de todas y cada una de las pretensiones deducidas de contrario, con expresa imposición a la parte actora de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal de la demandante DIRECCION000 de Zaragoza se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos originales a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta,previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo, y personados en tiempo y forma hábiles apelante y apelados comparecidos, se siguió el trámite legal, señalándose, finalmente, para la celebración de la Vista el día 1 de Julio de 1.999 en que tuvo lugar.

CUARTO

En la substanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los de la resolución recurrida y

PRIMERO

La actora, la DIRECCION000 , formuló demanda con el fin de que se declarara que los demandados, integrantes de la comunidad, por ser propietarios y garajes y trasteros ubicados en las plantas sótano del edificio, aunque no de vivienda alguna, "tienen su acceso a dichos sótanos y salida desde los mismos al exterior, en cuanto a personas se refiere, por las escaleras interiores existentes en el inmueble desde la planta sótano NUM000 y NUM001 hasta el portal y zaguán del edificio, sin que tengan derecho a usar para bajar a los sótanos NUM000 y NUM001 o para subir desde dichos sótanos al exterior del edificio, el ascensor del inmueble".

El motivo de tal pretensión se asienta en lo dispuesto en la declaración de obra nueva del edificio, otorgada por la promotora, Proutesa, el día 6-7-1990, quien la rectificó posteriormente por instrumento público de 28-4-1992, así como en los acuerdos de la comunidad adoptados en fechas, 30-10 y 2-12 de 1992 y...

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