SAP Barcelona 667/2003, 16 de Octubre de 2003
Ponente | ENRIQUE ALAVEDRA FARRANDO |
ECLI | ES:APB:2003:5402 |
Número de Recurso | 670/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 667/2003 |
Fecha de Resolución | 16 de Octubre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª |
SENTENCIA Núm. 667
Ilmos. Sres.
D. AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS
D. JORDI SEGUÍ PUNTAS
D. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO
En la ciudad de Barcelona, a dieciseis de Octubre de dos mil tres.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Cognición, número 359/1994 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 21 de Barcelona, a instancias de Don Daniel como administrador de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS del edificio sito en CALLE000 Nº NUM000 y NUM001 DE BARCELONA, contra DOÑA Eugenia asistida por su curador la AGENCIA MADRILEÑA PARA LA TUTELA DE ADULTOS; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 23 de enero de 2003, por el Juez del expresado Juzgado.
Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia apelada; cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimar la demanda interpuesta por D. Daniel como administrador de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 , NUM000 y NUM001 DE BARCELONA representada por el procurador Dña. Luisa Infante Lope contra Dª. Eugenia , asistida por su curador AGENCIA MADRILEÑA PARA LA TUTELA DE ADULTOS, en la persona de D. Raúl y condenar a la demandada a abonar a la actora 4.411,54 euros más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de la interpelación judicial, además de imponerle las costas causadas al pago de las costas causadas.".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta AudienciaProvincial.
Se señaló para votación y fallo el día 7 de octubre de 2003.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO.
La sentencia recurrida estima la demanda instada por la Comunidad de Propietarios en reclamación de la cantidad que adeudaba, al cierre del ejercicio correspondiente al año 1992, la propietaria del piso NUM002 puerta NUM003 de la casa señalada de números NUM000 y NUM001 en la CALLE000 de Barcelona. Desestimando la sentencia los dos motivos de oposición que se alegaron en relación a las consignaciones realizadas y la exención a contribuir a los gastos suntuarios la demandada.
En el recurso de apelación se solicita la desestimación de la demanda, centrando el recurso en la no obligación de contribuir a los gastos suntuarios.
Entendemos que procede la confirmación recurrida, siendo que la impugnación por la inclusión de gastos suntuarios en las liquidaciones de los años sucesivos que comprende la deuda, debía de haberse...
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