SAP Baleares 45/1999, 21 de Enero de 1999

PonenteGUILLERMO ROSELLO LLANERAS
ECLIES:APIB:1999:126
Número de Recurso457/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución45/1999
Fecha de Resolución21 de Enero de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª

SENTENCIA Num 45

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. Carlos Gómez Martínez

MAGISTRADOS:

Dª Mª Rosa Rigo Rosselló

D. Guillermo Rosselló Llaneras

Palma de Mallorca, a veintiuno de enero de mil novecientos noventa y nueve.

VISTOS por la Sección 3ª de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los

presentes autos, juicio menor cuantía, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Inca,

bajo el n° 505/96, Rollo de Sala n° 457/98, entre partes, de una como demandada apelante

YESOS Y ESCAYOLAS SA POBLA, S.L., representada por el Procurador D. Juan losé Pascual

Fiol, y de otra, como actora-apelada D. Romeo , representada por el

Procurador D Miguel Buades Salom, asistidas ambas de sus respectivos letrados. Ha sido parte

codemandada en constante rebeldía D. Marcos .

ES PONENTE el Ilmo. Sr. Magistrado D. Guillermo Rosselló Llaneras.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr, Juez dei Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Inca, en fecha 8 de enero de 1998, se dictó sentencia , cuyo Fallo dice: "Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la Procuradora Dª. Juana María Serra Llull, en nombre y representación de Romeo contra la entidad YESOS Y ESCAYOLAS SA POBLA S. L., representada por el Procurador Antonio del Barco Ordinas, y Marcos , en situación procesal de rebeldía, DEBO CONDENAR Y CONDENO a los demandados a indemnizar solidariamente al actor en las cantidades especificadas en el fundamento jurídico sexto de la presente resolución, más los intereses legales a contar desde esta resolución, todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas a ninguna de las partes."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte codemandada, que fue admitido a ambos efectos, y seguido el procedimiento por sus trámites, se celebró Vista el día 18 de enero del presente año, con asistencia de las representaciones y defensas de laspartes, informando en dicho acto los letrados en apoyo de sus respectivas pretensiones; quedado el presente recurso concluso para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este Recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen

PRIMERO

El recuso interpuesto por la mercantil demandada "Yesos y Escayolas Sa Pobla, S. L." contra la sentencia que la condena, conjunta y solidariamente con el codemandado don Marcos ; el cual permanece en situación de rebeldía, a indemnizar al actor en las cantidades especificadas en el fundamento jurídico sexto debe decir quinto, plantea en la presente alzada las siguientes cuestiones: a) si concurre culpa de la víctima por ser empresario que impartió las órdenes al chofer del camión que manejaba la grúa a fin de que depositara la carga en el primer piso de la obra y no a pie de la misma, siendo previsible su caída; y b) si él demandante, dada su condición de administrador de una sociedad mercantil, es merecedor de una indemnización en concepto de inhabilitación para ejercer la profesión de yesero a consecuencia de las secuelas:

SEGUNDO

Son hechos acreditados en autos y de los que deberá partirse para la adecuada resolución del presente recurso los siguientes:

A.- Sobre las 18 loras del día 23 de julio de 1996, don Marcos , conductor del camión grúa matricula PM-7768-BB y empleado de la empresa Yesos y...

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