SAP Soria 89/1999, 21 de Octubre de 1999

ECLIES:APSO:1999:283
Número de Recurso93/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución89/1999
Fecha de Resolución21 de Octubre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Soria, Sección 1ª

SENTENCIA PENAL NUM. 89/99 (Ap. Faltas)

En la Ciudad de Soria, a veintiuno de Octubre de mil novecientos noventa y nueve.

El Magistrado Unpersonal y Presidente de esta Audiencia Provincial D. José Ruiz Ramo, ha visto el recurso de apelación núm. 93/99 contra la sentencia de fecha 31 de Marzo de 1.999, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Soria, en el Juicio de Faltas nº 18/99 .

Han sido partes:

Apelante.- Dª. Edurne

Apelado.- D. Carlos Francisco

EL MINISTERIO FISCAL, en la representación que le es propia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de Instrucción núm uno de Soria, se dictó sentencia de fecha, 31 de Marzo de 1.999 , que contiene los siguientes hechos probados: "Que el día 5 de diciembre de 1998, Carlos Francisco , a quien le correspondía tener en su compañía al hijo menor habido del matrimonio contraído con Edurne , disuelto el matrimonio por divorcio, y conforme al régimen de visitas acordado como medida en sentencia de divorcio, al no poder ir a recoger a su hijo a la hora señalada por razones de trabajo mandó a su hermano Benjamín a recoger al niño, a quien no se lo entregó la madre del menor; no pudiendo recoger el padre al menor en horas posteriores cuando fue a recogerlo al no encontrarlo en casa.

SEGUNDO

En la citada resolución se pronuncio el siguiente Fallo: "Que debo de condenar y condeno a Edurne como autora de una falta del art. 634 del C.P . a la pena de lo días de multa a razón de una cuota diaria de 1.000 ptas (10.000 ptas) con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas y al pago de costas."

TERCERO

Contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por Dª. Edurne .

HECHOS PROBADOS

El día 5 de diciembre de 1998, Carlos Francisco , envió a su hermano Benjamín a recoger a su hijo menor de 7 años, al domicilio de su ex-esposa, Edurne , no siendo entregado el niño por Edurne . Posteriormente a recogerlo Carlos Francisco al referido domicilio no encontrándolo allí.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia apelada condena a Edurne como autora de una falta del art. 634 del C. Penal a la pena de 10 días de multa-cuota de 1.000 ptas-. Este artículo considera falta contra el orden público la desobediencia leve a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, desprendiéndose de los fundamentos jurídicos de...

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