STSJ Cataluña 14/2006, 20 de Diciembre de 2006

PonenteMARIA PILAR MARTIN COSCOLLA
ECLIES:TSJCAT:2006:13464
Número de Recurso10/2006
Número de Resolución14/2006
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NÚM. 14/2006

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. EMILIO BERLANGA RIBELLES

Magistrados:

D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN

D. JOAQUÍN ORTÍZ BLASCO

Dª. Mª PILAR MARTÍN COSCOLLA

D. JOAQUÍN HERRERO MUÑOZ COBO

Barcelona, a veinte de diciembre de dos mil seis.

La Sección de Casación de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya,

constituida para la resolución del presente recurso, ha pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la siguiente sentencia en el

Recurso de Casación para Unificación de Doctrina núm. 10/2006, interpuesto don Paulino , representado por el

Procurador don Jaume Gasso Espina y asistido por la Letrada doña Pilar Berney Pujol contra la sentencia nº 919 de fecha 19 de

diciembre de 2003 dictada por la Sección Tercera de esta Sala en su recurso nº 208/1997.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sección Tercera admitió a trámite tal recurso por auto de 9 de mayo de 2006 , frente al que formuló oposición la parte actora, don Armando , y al que se adhirió el Ayuntamiento de LesFranqueses del Vallès.

SEGUNDO

Remitidas las actuaciones por dicha Sección Tercera y recibidas en esta Sección de Casación, compareció la recurrente en la forma indicada, personándose también don Armando , representado y asistido por el Letrado D. Francisco de Jorge Rodríguez, y el Ayuntamiento de Les Franqueses del Vallès, representado por el Procurador don José Puig Olivet-Serra y asistido por la Letrada doña Mª del Mar Espar i Almeda. Tras los trámites correspondientes se señaló el día 14 de diciembre de 2006 para votación y fallo.

Ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Mª PILAR MARTÍN COSCOLLA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Don Paulino , parte codemandada en el recurso 208/1997 de la Sección Tercera de esta Sala, interpone recurso de casación para la unificación de doctrina autonómica contra la sentencia recaída en fecha 19 de diciembre de 2003 por la que se estimó el recurso contencioso administrativo interpuesto por don Armando y se anularon las resoluciones de 6 de junio y de 13 y 28 de noviembre, todas ellas de 1996, dictadas por el Ayuntamiento de Les Franqueses del Vallès por las que, respectivamente, en relación al Sr. Paulino , se le había otorgado licencia de obras para reformar la casa denominada "Ca L' Esparrat", se legalizaban determinadas obras ejecutadas excediéndose de dicha licencia, y se acordaba el archivo del expediente sancionador abierto por tal motivo.

Procede recordar en primer lugar que, previamente al presente recurso, don Paulino interpuso recurso de casación para unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, que fue inadmitido a trámite por la Sección Tercera; recurrida tal inadmisión en queja, el Tribunal Supremo, por auto de 27 de octubre de 2005 , estimó la queja por apreciar que en el recurso se alegaba derecho estatal pero, no obstante, no admitió a trámite el recurso de casación por considerar que no cabía el mismo contra una sentencia cuyo objeto son actos -licencia y expediente de disciplina urbanística- cuyo conocimiento y competencia corresponde a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo conforme a la Ley 29/98, por lo que el régimen de recursos es el establecido contra las sentencias de segunda instancia, con la consiguiente exclusión del recurso de casación, conforme a lo establecido en la Disposición Transitoria Primera , apartado 2, último inciso de dicha Ley 29/98 en relación con el art. 86.1., que señala que sólo procede recurso de casación contra las sentencias...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR