SAP Segovia 11/1999, 5 de Febrero de 1999
Ponente | CONCEPCION ESPEJEL JORQUERA |
ECLI | ES:APSG:1999:44 |
Número de Recurso | 335/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 11/1999 |
Fecha de Resolución | 5 de Febrero de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª |
SENTENCIA N° 11/99
C I V I L
Recurso de apelación
Número 335 Año 1997
Juicio de menor cuantía
Número 4 Año 1996
Juzgado de 1ª Instancia
S E P U L V E D A
En la Ciudad de Segovia, a cinco de febrero de 1999.
La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. D. Andrés Palomo del Arco, Pdte., D. Luís Brualla Santos Funcia y Dª. Concepción Espejel Jorquera, Magistrados, ha visto en grado de apelación los autos de las anotaciones al margen, seguidos a instancia de Rosa , mayor de edad, casada, ordenanza, vecina de Madrid, C/ DIRECCION000 n° NUM000 y de Consuelo , mayor de edad, viuda, pensionista, vecina de Madrid, C/ DIRECCION001 n° NUM001 , contra Jose Daniel , mayor de edad, casado, vecino de Cabezuela, C/ DIRECCION002 NUM002 , contra Cesar , mayor de edad, vecino de Cantalejo, C/ DIRECCION003 n° NUM003 , contra Jose Ángel , mayor de edad, vecino de El Guijar, C/ DIRECCION004 n° NUM004 y contra Víctor , mayor de edad, vecino de Segovia, C/ DIRECCION005 n° NUM005 sobre declaración de validez de partición de herencia y elevación a escritura pública, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el primero de los citados demandados contra la sentencia dictada en primera instancia, recurso en el que han intervenido el demandado apelante representado por el Procurador Sr. San Frutos Prieto y defendido por el Letrado Sr. García Noriega y las actoras apeladas representadas por la Procuradora Sra. Aprell Lasagabaster y defendidas por el Letrado Sr. Sánchez Montesinos, permaneciendo en rebeldía los restantes demandados y en el que ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Concepción Espejel Jorquera.
Por el Juzgado de Primera Instancia de Sepúlveda con fecha seis de junio de 1997 fue dictada sentencia que, estimando la demanda interpuesta, declaró la validez de la división y partición de herencia de D. Mauricio realizada en el cuaderno particional acompañado como documento n° 3ª aquella conforme a las adjudicaciones que figuran en el hecho tercero de la misma, condenando a los demandadosa estar y pasar por dicho pronunciamiento y a otorgar escritura pública de adjudicación y partición de herencia en los términos expuestos e imponiendo a los demandados las costas procesales.
Notificada la anterior resolución, fue interpuesto recurso de apelación contra la misma por la representación del demandado personado, recurso que fue admitido en dos efectos, acordando remitir las actuaciones a este Tribunal, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los autos y comparecidas las partes en tiempo y forma, se instruyeron las mimas sucesivamente con entrega y devolución de las actuaciones e instruido el Magistrado Ponente, se señaló para la celebración de la vista el día dos de febrero de 1999, en cuyo acto los letrados de los litigantes informaron en apoyo de sus respectivas pretensiones, quedando el procedimiento concluso para resolver.
UNICO.- Contra el recurrente su impugnación de la resolución de instancia en la invocación de que la misma incurrió en error en la valoración de la prueba al estimar que los litigantes, como coherederos de su padre, procedieron de mutuo acuerdo a la división en lotes del caudal hereditario del causante y a la...
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