SAP Sevilla, 23 de Junio de 1999
Ponente | ENRIQUE GARCIA LOPEZ-CORCHADO |
ECLI | ES:APSE:1999:2217 |
Número de Recurso | 3805/1998 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 23 de Junio de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 5ª |
SENTENCIA Nº
ILMOS. SRES.
SANTOS BOZAL GIL
FERNANDO SÁNZ TALAYERO
ENRIQUE GARCIA LOPEZ CORCHADO
En SEVILLA, a veintitrés de junio de mil novecientos noventa y nueve.
Vistos en grado de apelación por la Sección Quinta de la Iltma. Audiencia Provincial, los Autos de Juicio de Menor Cuantia nº 791/97, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Sevilla, promovidos por la Entidad PANAP IBERICA S. L. contra D. Santiago , sobre reclamación de cantidad.
ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Sevilla, con fecha treinta y uno de julio de mil novecientos noventa y ocho , cuya parte dispositiva expresa literalmente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Alcantara Martinez, en nombre y representación de Panap Ibérica S.L., contra D. Santiago , debo condenar y condeno a éste a pagar a la actora la cantidad de trescientas cincuenta y cinco mil doscientas (355.200) pesetas, sin realizar imposición de costas procesales."ANTECEDENTES DE HECHO
Recurrida dicha sentencia por la parte actora y admitida la apelación en ambos efectos, fueron remitidos los autos originales a este Tribunal.
Dada al recurso la tramitación debida y señalado día para la celebración de vista, tuvo lugar esta en el designado diecisiete de junio del corriente año, con asistencia de los Letrados de las partes, quienes previos los oportunos informes, solicitaron por el apelante la revocación de la sentencia de instancia, y por el apelado la confirmación de la sentencia recurrida.
En la tramitación de la alzada se han observado las prescripciones legales, excepto el termino para dictar sentencia debido al exceso de trabajo que pesa sobre este Tribunal.
Vistos: siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. ENRIQUE GARCIA LOPEZ CORCHADO, Magistrado de la Sección.
Contra la sentencia dictada en primera instancia que, estimando parcialmente la demanda, condena a Santiago a abonar a Panap Ibérica S.L. la cantidad de 355.200 pesetas por el impago parcial de ciertos trabajos para la adaptación de un local de hosteleria, la representación procesal de la entidad actora interpone recurso de apelación al objeto de que se revoque la resolución judicial para estimar íntegramente la demanda o, subsidiariamente, aumentar la cantidad impuesta al demandado considerando que la obra se entregó el día 31.1.97, que la cláusula penal pactada en el contrato exime de resarcir daños y perjuicios, que no han sido acreditados los defectos imputados por el demandado y, finalmente, que la sentencia impugnada no se pronuncia sobre los intereses solicitados en la demanda.
Resulta ciertamente insólito que la sociedad actora pretenda una vez más en esta alzada la integra estimación de la demanda cuando no ha impugnado el presupuesto original, aportado con la contestación a la demanda (f. 31), donde consta la reducción del precio total de la obra en 100.000 pesetas, de manera que en ningún caso (y sin considerar siquiera la penalización por dias de retraso que admite la propia...
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