SAP Vizcaya 368/1999, 31 de Marzo de 1999

PonenteIGNACIO OLASO AZPIROZ
ECLIES:APBI:1999:1191
Número de Recurso41/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución368/1999
Fecha de Resolución31 de Marzo de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 368/99

ILMOS. SRES.

D. ENRIQUE GARCÍA GARCÍAD. IGNACIO OLASO AZPIROZ

D. ANTONIO GARCÍA MARTÍNEZ

En Bilbao, a treinta y uno de Marzo de mil novecientos noventa y nueve.

Vistos en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Srs. Magistrados, los presentes autos de Juicio de Menor Cuantia nº 93/96, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Gernika y seguidos entre partes: Como apelantes MULTINACIONAL ASEGURADORA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS representados por el Procurador Sr. Zubieta Garmendia y dirigidos por el Letrado Sr. Muruaga Ezkurdia y como apelado Juan Ignacio representado por el Procurador Sr. Bartau Rojas y dirigido por el Letrado Sr. Arzanegui Bareño.

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 31 de Octubre de 1.996 es de tenor literal siguiente:

"FALLO: Que estimando en su totalidad la demanda interpueta por DON Juan Ignacio representado por la Procuradora SRA. ESESUMAGA, contra MULTINACIONAL ASEGURADORA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, debo condenar y condeno a la mencionada demandada a que una vez firme la presente resolución abone a la actora la cantidad de UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTAS CINCUENTA Y TRES PESETAS, más los intereses legales desde la interpelacion judicial. Todo ello con expresa condena en costas a la entidad demandada".

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de la demandada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 41/97 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento y la vista del recurso, se celebró ante la Sala el pasado día 22 de Marzo de 1.999 en cuyo acto:

El Letrado recurrente solicitó la revocación de la Sentencia de instancia y se dicte otra por la que se desestime íntegramente la demanda con imposición de costas de la 1ª instancia a la parte demandante.

El Letrado apelado solicitó la desestimación del recurso interpuesto y la confirmación de la sentencia recurrida con imposición de costas a la recurrente.

Terminado el acto, quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para la deliberación y resolución.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. IGNACIO OLASO AZPIROZ.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La Compañía de seguros recurrente insiste en los mismos argumentos defensivos que fueron rechazados por el juzgado de instancia, manteniendo: a) Que la acción deducida se encuentra prescrita conforme a lo dispuesto para el seguro de daños en el artº 23 de la Ley 50/80 sobre el contrato de seguro ; b) Que el riesgo concreto que se materializó en el momento del accidente estaba expresamente excluido en la póliza, conforme al artº 25, apartado Primero d) de las Condiciones particulares de la póliza y al artº 39 en relación al 25 de las Condiciones generales, al circular el asegurado bajo la influencia de bebidas alcohólicas; c) Que no se ha acreditado el pago de la factura de reparación de los daños por la cuantía que en la demanda se reclama.

SEGUN...

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