SAP Tarragona 133/2006, 24 de Abril de 2006

PonenteMARIA DEL PILAR AGUILAR VALLINO
ECLIES:APT:2006:494
Número de Recurso17/2006
Número de Resolución133/2006
Fecha de Resolución24 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª

SENTENCIA NUM.

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

D. Antonio Carril Pan

MAGISTRADOS

Dª Mª Pilar Aguilar Vallino

D. José Luis Portugal Sainz

En Tarragona a veinticuatro de abril de dos mil seis.

Visto ante la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el Recurso de Apelación interpuesto por Carina representada por la Procuradora Sra. Díaz Manso y asistida del Letrado Sr. Pamplona Burgos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Tarragona en fecha 26 septiembre 2005, en Juicio de Filiación nº 412/03 constando como parte apelada Rosendo representado por el Procurador Sr. Sánchez Busquets y asistido de la Letrada Sra. González Santiago; con intervención del Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

Que la sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Que estimando como estimo íntegramente la demanda interpuesta por el procurador Sr. Sánchez Busquets, en nombre y representación de D. Rosendo , contra Dª Carina representada por la Procuradora Sra. Díaz Manso, debo declarar y declaro la filiación no matrimonial de la menor Aida, respecto del demandante, así como la patria potestad compartida de los padres sobre dicha menor, ostentando la madre la guarda y custodia; condenando a la demandada a estar y pasar por estas declaraciones. Debo ordenar y ordeno la rectificación de los apellidos de la menor, librándose a la firmeza de la presente oficio al Registro Civil. Debo señalar y señalo a favor del mandante, un régimen de visitas con la hija los fines de semana alternos desde el viernes a las 19:00 horas hasta el domingo a las 20:00, así como la mitad de las vacaciones de Navidad, Semana Santa y verano, correspondiendo la primera mitad al padre en los años pares y la segunda en los impares, se establece la obligación del padre de abonar a la madre la cantidad de 200 euros mensuales de cada mes en la cuenta que a tales efectos designe la demandada, esta cantidad será actualizable conforme al IPC. Los gastos extraordinarios serán por mitad entre ambos progenitores. Se imponen las costas procesales a la parte demandada".

SEGUNDO

Interpuso recurso de apelación la parte demandada solicitando la revocación de la sentencia para desestimar íntegramente la demanda y subsidiariamente se dejen sin efecto las medidas acordadas.

Admitido en ambos efectos, se dió traslado a la parte apelada para alegaciones, en cuyo trámite solicitó la desestimación del recurso y confirmación de la sentencia. En el mismo sentido informó el Ministerio Fiscal.

TERCERO

Remitidas las actuaciones a esta...

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