STSJ Aragón 1017/2006, 14 de Junio de 2006

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAR:2006:1767
Número de Recurso879/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1017/2006
Fecha de Resolución14 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación núm. 879 de 2006 (autos núm. 556/2004), interpuesto por la parte demandante Dª. María Rosario , D. Carlos Ramón , Dª. Antonia y D. Juan Carlos , siendo demandada la DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, contra el Auto dictado por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Zaragoza, de fecha 14 de junio de 2006, sobre impugnación de Orden Departamental aprobando relación de puestos de trabajo. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª. María Rosario y otros ya nombrados, contra la Diputación General de Aragón, sobre impugnación de Orden Departamental aprobando relación de puestos de trabajo, y tras los trámites que constan, se ha dictado Auto por el Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza, de fecha 14 de junio de 2006 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Debo declarar y declaro la inadmisión del recurso de reposición interpuesto por la parte actora, contra el Auto de fecha 29 de mayo de 2006 , manteniéndolo en todos sus términos".

SEGUNDO

El citado auto contiene la siguiente relación de hechos:

  1. - Con fecha 29 de mayo pasado, se dictó Auto en el presente procedimiento acordando el archivo de la demanda presentada por María Rosario y otras contra la Diputación General de Aragón sobre impugnación de órdenes departamentales.

  2. - Con fecha 13 de junio siguiente, se presentó escrito por la parte demandante interponiendo recurso de reposición contra la anterior resolución, cuyo contenido se da por reproducido".TERCERO.- Contra dicho Auto se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado dicho escrito por la parte demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El auto de 14.6.2006 a que se refiere el presente recurso es resolutorio del de reposición interpuesto por la parte actora contra el auto del Juzgado de 29.5.2006 , por el que se declaraba el archivo de los autos sin convocar a las partes a juicio. Consideran ambas resoluciones que sobre la pretensión ejercitada en los mismos, en el sentido de que se declare la nulidad de la Orden de 29.12.2000 de los Departamentos de Presidencia y Relaciones Institucionales y de Economía del Gobierno de Aragón, aprobatoria de la Relación de Puestos de Trabajo adscritos al Servicio Aragonés de Salud y al Instituto Aragonés de Servicios Sociales, correspondientes al personal de los establecimientos sanitarios traspasados a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón procedentes de las Diputaciones Provinciales de Huesca, Teruel y Zaragoza, ya se ha pronunciado la jurisdicción social mediante resolución firme del Juzgado de lo Social nº 6 de Zaragoza (auto de 13.3.2001 en procedimiento 127/2001 ) declarando la incompetencia de dicho orden jurisdiccional para el conocimiento de la materia litigiosa y remitiendo a las partes a la contencioso-administrativa como materialmente competente para resolver sobre la misma, sin que la denegación de tal competencia por parte de esta última jurisdicción (sentencia de 24.3.2004 de la Sala de lo Contencioso Administrativo...

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