SAP Zaragoza 684/2006, 12 de Diciembre de 2006

PonenteJAVIER SEOANE PRADO
ECLIES:APZ:2006:3260
Número de Recurso532/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución684/2006
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

SENTENCIA: 00684/2006

SENTENCIA núm. 684 / 2006

ILMOS. Señores:

Presidente:

D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA

Magistrados:

D. JAVIER SEOANE PRADO

D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

En ZARAGOZA, a doce de Diciembre de dos mil seis.

En nombre de S.M. el Rey,

VISTOS por esta Sección 005 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001073/2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 532 de 2006, en los que aparece como parte apelante ANANDA GESTION, EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL representado por el procurador D. JUAN ANTONIO AZNAR UBIETO y asistido por el Letrado D. ANDRES BARCALA SIERRA; y como parte apelada GRADYFLOR ESPAÑA, S.A. representado por el procurador Dª MARINA SABADELL ARA y asistido por el Letrado D. ALFREDO SANCHEZ-RUBIO TRIVIÑO; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER SEOANE PRADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 18 de mayo de 2006 , cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Estimando la demanda interpuesta por GRADYFLOR ESPAÑA, S.A. contra S.L. ANANDA GESTION ETT, debo condenar y condeno a esta última a:

  1. - Satisfacer al actor la cantidad de siete mil ochocientos noventa y ocho euros con sesenta y un céntimos de euros (7.898,61).

  2. - Intereses en ejecución de sentencia (art 576 de la L.E.C .)3.- Al pago de las costas".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de la demandada, se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los Autos y cinta de video, y personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 4 de diciembre de 2006.

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los de la resolución recurrida en tanto se oponen a los de la presente resolución y;

PRIMERO

Gradyflor España SA reclama 7.989'61 # a SL Ananda Gestión ETT como indemnización por los perjuicios de reparación, y paralización de la furgoneta de su propiedad de la marca Mercedes, matrícula 3742 CKS, a consecuencia del accidente que sufrió cuando era conducida en labores de reparto propias de la actora por D. Juan Pedro , trabajador que la demandada le había cedido a tal fin mediante contrato de 30-5-2005, sometido a la ley 2/1994 .

Alega que la causa del accidente es la falta de diligencia del trabajador cedido pues se saltó un ceda el paso y que cruzó directamente los dos carriles de la misma para entrar en el polígono que se encontraba el lado opuesto de su procedencia en lugar de incorporarse progresivamente a la vía preferente sin comprobar los vehículos que venían en ese sentido, provocando así la colisión con uno de ellos.

En fundamentación jurídica de su demanda alega incumplimiento por la demandada de la obligación que le atañe conforme al art. 12.2 LETT por no haberse asegurado de la capacidad del trabajador y no darle la formación necesaria para el desempeño de su trabajo, lo que a su parecer integra un supuesto de responsabilidad contractual sin perjuicio de que también subyace una responsabilidad extracontractual.

La demandada se opuso a la demanda mediante excepciones procesales que fueron rechazadas en la audiencia previa, y, en cuanto al fondo, sostuvo que cumplió con su obligación al facilitar un trabajador con la capacidad legal necesaria para el desarrollo del trabajo de conductor de furgoneta para reparto para el que se hizo la cesión y que el control...

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