SAP Málaga 380/1999, 7 de Julio de 1999
Ponente | FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS |
ECLI | ES:APMA:1999:2322 |
Número de Recurso | 334/1998 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 380/1999 |
Fecha de Resolución | 7 de Julio de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª |
SENTENCIA Nº 380
AUDIENCIA PROVINCIAL MALAGA
Sección 4ª
PRESIDENTE ILMO. SR.
D. FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D. MANUEL LOPEZ AGULLO
D. FÉLIX LÓPEZ CRUZ
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZG. DE 1ª INSTANCIA 15 DE MALAGA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 334/1998
AUTOS Nº 576/1996
En la Ciudad de Málaga a siete de julio de mil novecientos noventa y nueve.
Visto, por la Sección 4ª de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Menor Cuantía seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso TRANSFORMADOS ERAUSQUIN S.A. que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por la Procuradora Dña. DUARTE GUTIERREZ DE LA CUEVA, ANTONIA y defendido por el Letrado D. SANCHEZ BURGOS, MIGUEL ANGEL. Es parte recurrida D. Jesus Miguel Y D. Jose Manuel que están representados por el Procurador D. HIDALGO MAIRENA, Juan, que en la instancia han litigado como parte demandante.
1.- ANTECEDENTES DE HECHO
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 27 de Febrero de 1.998 , cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estimando la demanda presentada por el Procurador D. Juan Hidalgo Mairena en nombre y representación de D. Jesus Miguel y D. Jose Manuel , contra la Sociedad Transformados Erausquin S.A. representado por la Procuradora Dª Antonia Duarte Gutiérrez de la Cueva, debo declarar y declaro, la nulidad de los acuerdos primero y tercero, adoptados en la Junta General de Accionistas de Transformados Erausquin S.A. el día 27 de Junio de 1.996, con expresa imposición a la parte demandada de las costas causadas ".
Interpuesto recurso de apelación se elevaron los autos a esta Sección de la Audiencia Provincial, donde se ha formado rollo y turnado de ponencia. Cumplidos los trámites de personación einstrucción de las partes, se ha celebrado vista el día 4 de Mayo de 1.999, donde las partes que comparecieron de conformidad con la Diligencia extendida al efecto, han expuesto las alegaciones que estimaron conducentes a su derecho.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS, quien expresa el parecer del Tribunal.
11.-
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Por la parte apelante se solicitó la no imposición de costas y que se entendiera satisfecho el derecho de información de los accionistas demandantes.
En cuanto a la imposición de costas, debe reconocerse que en la demanda se planteó la impugnación de los acuerdos sociales por tres motivos, y dos de ellos fueron desestimados.
No procede, como interesa la parte apelada, mantener que se han declarado nulos los acuerdos y que es indiferente el motivo, sino que, lo acaecido, en realidad, es que se celebró una Junta General con varios acuerdos, dos de los cuales fueron impugnados, rechazándose dos de los motivos...
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