SAP Madrid 347/1999, 11 de Noviembre de 1999

ECLIES:APM:1999:14681
Número de Recurso20013/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución347/1999
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

SENTENCIANº 347/99

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA

En Madrid, a 11 de Noviembre de 1999.

VISTA, en segunda instancia, por el Iltmo. Sr. D. Pedro Javier Rodriguez González Palacios, Presidente de la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal unipersonal en turno de reparto, conforme a lo establecido en el art. 82.2º párrafo 2º, de la Ley Orgánica del Poder Judicial , la presente apelación contra la sentencia dictada por la Sra. Juez sustituta del Juzgado de Instrucción nº 1 de San Lorenzo de El Escorial, de fecha 21 de Mayo de 1999 , en la causa citada al margen, siendo partes apelantes la entidad Mutua MADRILEÑA AUTOMOVILISTA y Aurelio .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Sra. Juez sustituta del Juzgado de Instrucción nº 1 de San Lorenzo de El Escorial se dictó sentencia, de fecha 21 de Mayo de 1999 , siendo su Fallo del tenor literal siguiente: " Que debo condenar y condeno a D. Lucio , como autor de una falta de imprudencia ya definida, a la pena de treinta días de multa, a razón de una cuota diaria de 200 pts, con arresto sustitutorio de un día por cada dos cuotas que dejare impagadas, así como a que indemnice, solidariamente con la aseguradora Mutua Madrileña Automovilista, en las siguientes cantidades: a D. Luis Miguel en 614.900 pts. La indemnización concedida se incrementará en relación a la responsable civil directa Mutua Madrileña Automovilista, como asegurador del vehículo causante, en un 20 por ciento anual, a contar desde la fecha del siniestro hasta su completo pago o consignación. A Aurelio en 5.011.050 pts por incapacidad temporal, 20.430.948 pts por secuelas,

1.500.000 pts por incapacidad permanente y 1.456.716 pts por los gastos farmacéuticos y de desplazamiento, quedando los gastos de reparación y transporte de la moto para su determinación en ejecución de sentencia. De este total debe restarse la cantidad de 1.913.748 pts ya cobradas, en concepto de pensión provisional. Alcanzando en total, lo debido, la cifra de 26.484.516 pts, a las que deberán añadirse los gastos de la moto, una vez queden determinados. La indemnización concedida se incrementará en relación a la responsable civil directa Mutua Madrileña Automovilista, como asegurador del vehículo causante, en un 20 por ciento anual, a contar desde la fecha del siniestro hasta su completo pago o consignación."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por la entidad Mutua Madrileña Automovilista y Aurelio , recurso de apelación, que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitidos ambos recursos, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia...

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