STSJ Islas Baleares 905/2006, 7 de Noviembre de 2006

PonentePABLO DELFONT MAZA
ECLIES:TSJBAL:2006:1337
Número de Recurso166/2005
Número de Resolución905/2006
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 905

En la ciudad de Palma de Mallorca a siete de noviembre de dos mil seis.

ILMOS SRS.

D. Jesús Ignacio Algora Hernando.

MAGISTRADOS

D. Gabriel Fiol Gomila.

D. Pablo Delfont Maza.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears los autos Nº 166 de 2005, seguidos entre partes; como demandante, Confederación Española de Cajas de Ahorros, representada por el Procurador D. Juan Blanes Jaume, y asistida del Letrado D. Luis Moyá Noguera; y como Administración demandada, Ayuntamiento de Palma, representado por la Procuradora Dª. Monserrat Montane Ponce, y asistido por el Letrado Municipal.

El objeto del recurso es la Ordenanza Reguladora de la Tasa por la Ocupación del Subsuelo, Suelo y Vuelo de los Terrenos del Dominio Público Local, publicada en el Boletín Oficial de les Illes Balears de 31 de diciembre de 2004.

La cuantía del recurso se ha fijado como indeterminada.

Se ha seguido la tramitación correspondiente al procedimiento ordinario.

Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Pablo Delfont Maza, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso fue interpuesto el 24 de febrero de 2005, admitiéndose a trámite por providencia del 5 de abril siguiente, reclamándose el expediente administrativo.

SEGUNDO

La demanda se formalizó el 28 de diciembre de 2005, solicitando la estimación del recurso. No interesaba el recibimiento del juicio a prueba ni trámite de vista o conclusiones.

TERCERO

El Ayuntamiento de Palma contestó a la demanda el 5 de abril de 2006, solicitando la desestimación del recurso y la imposición de las costas. No interesaba el recibimiento del juicio a prueba ni trámite de vista o conclusiones.

CUARTO

Por providencia de 24 de octubre de 2006, se señaló el día 7 de noviembre siguiente para la votación y fallo del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Hemos descrito en el encabezamiento cual es la disposición administrativa contra la que se dirige el presente recurso contencioso.

El 23 de diciembre de 2004 el Pleno del Ayuntamiento de Palma de Mallorca aprobó definitivamente el expediente de modificación de la Tasa por la Ocupación del Subsuelo, Suelo y Vuelo de los Terrenos del Dominio Público Local, publicado en el Boletín Oficial de les Illes Balears del día 31 de diciembre de 2004, estableciendo en el apartado 17 de su Anexo las tarifas de la tasa para cajeros automáticos utilizables por el público desde la vía pública en función de la categoría de la calle donde se ubica el cajero, basada en la clasificación de vías municipales aplicable al Impuesto Municipal sobre Actividades Económicas.

El 24 de febrero de 2005 la Confederación Española de Cajas de Ahorros interpuso el presente recurso contencioso contra dicho apartado 17 del Anexo y en la demanda aduce, en resumen, que se trata de supuesto de uso común general de la vía pública, que de ser caso de aprovechamiento especial "...debe ser atribuido...al usuario..." y que el hecho imponible creado contraviene el artículo 20.1. del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales ya que el cajero "...no está ubicado en el dominio público sino en la fachada de un edificio que es de propiedad particular...", invocándose la sentencia del Tribunal Supremo de 28 de abril de 2004, relativa no a cajero como el del caso sino a escaparates y vitrinas, y hasta siete sentencias de Juzgados de lo Contencioso dictadas entre 2002 y 2004.

SEGUNDO

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