SAP Granada 413/1999, 7 de Junio de 1999

PonenteDOMINGO BRAVO GUTIERREZ
ECLIES:APGR:1999:1241
Número de Recurso1035/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución413/1999
Fecha de Resolución 7 de Junio de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 3ª

SENTENCIA Núm. 413

ILTMOS.. SRES.

PRESIDENTE

D. JUAN CARLOS TERRON MONTERO

MAGISTRADOS

D. DOMINGO BRAVO GUTIÉRREZ

D. ANTONIO MASCARO LAZCANO

En Granada, a siete de Junio mil novecientos noventa y nueve.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincia, formada por los Iltmos. Sres. al margen relacionados, ha visto en grado de apelación rollo núm. 1035/98- los autos de juicio de Cognición n° 395/97, del Juzgado de Primera Instancia de Granada numero Doce, sobre reclamación de cantidad, seguidos a virtud de demanda de COMERCIAL QUIMISOL, S.A., representada por la Procuradora Dª. María Lourdes Torres Oloriz y defendida por la Letrada Dª. Carmen Requena Sánchez, contra D. Ángel , representado por él mismo, y defendido por la Letrada Dª. María Teresa Morales Zubeldia.

Aceptando como relación los antecedentes de la sentencia apelada.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Que la referida sentencia fechada en dieciséis de mayo de mil novecientos noventa y ocho, contiene el siguiente Fallo: "Que estimando la demanda formulada por el Procurador doña Lourdes Torres de Oloriz en nombre y representación de Comercial Quimisol, S.A., debo condenar y condeno a Don Ángel , a que abone a la actora la cantidad de SETECIENTAS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO DIECISIETE PESETAS (766.117 pts), más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, y al pago de las costas procesales. Contra esta sentencia cabe Recurso de Apelación ante la Iltma. Audiencia Provincial de Granada, en el término de los cinco días siguientes a su notificación. Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo".2°. - Que substanciado y seguido el presente recurso por sus trámites en virtud de apelación interpuesta por la parte demandada, en cuyo escrito de interposición su Letrado solicitó la revocación por error en la valoración de la prueba, y el Letrado de la parte apelada solicitó la confirmación impugnando el recurso.

  2. - Que han sido observadas las prescripciones legales de trámite.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. DOMINGO BRAVO GUTIÉRREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - Como se ha indicado, el recurso se funda en la falta de prueba de la obligación que con la pretensión realizada en este proceso se trata de imponer al demandado mediante el pronunciamiento de condena por los órganos judiciales, ya conseguido en la primera, e impugnado por el...

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